Derecho aduana

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Constitución: Conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre si y con los particulares.

Parte Orgánica: establecela estructura del estado, los órganos que lo componen, sus funciones y sus relaciones entre si.

Parte dogmática: Contiene las garantías individuales.

División de poderes y facultades del Congreso.- art. 49división de poderes ejecutivo, legislativo y judicial no pueden reunirse 2 o mas poderes de la federación en una sola persona. art. 118 fracc. I establecer derechos de tonelaje, ni otro alguno de puertos, ni imponer contribuciones o derechos sobre imp y exp. art. 117 Los Estados no pueden, en ningún caso: I. Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con las Potencias extranjeras. V. Prohibir ni gravar directa ni indirectamente la entrada a su territorio, ni la salida de él, a ninguna mercancía nacional o extranjera.  VI. Gravar la circulación ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros, con impuestos o derechos cuya exención se efectúe por aduanas locales, requiera inspección o registro de bultos o exija documentación que acompañe la mercancía.

Facultades del ejecutivo y causales de la suspensión de garantías ind.- facultades y obligaciones del Presidente art. 89 en su fracción XIII, ordena *Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación. *Pero así como da derechos, también da limitaciones imponiendo obligaciones de no hacer a los estados, dejando claramente las actividades económicas que le competen única y exclusivamente a la federaciónart. 29 *en casos de invasión, *perturbación de la paz publica, *otro que ponga en grave peligro o conflicto.

Facultades y obligaciones del Presidente de los EUM.- 31 estados y DF. 3 poderes y 32 entidades.Art. 131.- facultades privativas de la federación en materia de comercio exterior (gravar mercancías que se importen o exporten), Ejecutivo aumentar, disminuir, suprimir las cuotas de las tarifas de exp e imp.

Derecho aduanero: rama del derecho que regula la materia aduanera. Conjunto de normas jurídicas que regulan por medio de un ente administrativo, las actividades o funciones propias del edo. Con relación al comercio exterior de mercancías que entren y salgan del territorio aduanero, medios y traficos y personas que intervengan en la actividad.

Autonomía del derecho aduanero

*científica y dogmática: figuras propias. *didáctica: posibilidad de enseñanza aprendizaje particular.*legislativa: regulación particular.

Actividad aduanera: *dominio aduanero del territorio nacional, aéreo, marítimo, terrestre. *obligaciones y procedimientos aduaneros. *vigilancia aduanera.

Relación con otras ramas: Derecho publico.- Derecho constitucional, D. Administrativo, D. Fiscal, D. Penal, D. Internacional, D. Procesal.

Derecho privado.- D. civil, D. Mercantil.

Régimen jurídico del comercio exterior. Fuentes jurídicas constituidas en el territorio nacional. Conjunto de disposiciones jurídicas que regula directa e indirectamente el intercambio de mercancías, servicios y los aspectos de propiedad industrial e intelectual relacionados con el comercio, entre el mercado nacional y externos.

Ley de comercio exterior: publicada en el diario oficial de la federación el 27 de julio de 1993, vino a sustituir a la ley reglamentaria para la aplicación del art. 131 de la CPEUM, esta regulaba las facultades del Ejecutivo en materia de comercio exterior.*Regular y promover el comercio, *Incrementar la competitividad de la economía nacional, *Propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país,*Integrar la economía mexicana con la internacional,*contribuir a elevar el bienestar de la población.

Normas que constituyen el régimen jurídico interno del comercio exterior: *CPEUM, *leyes emanadas del congreso de la union, *ley aduanera,*ley de los IGIE, *ley de IVA, *ley de ISA, *ley de IEPS, *ley de comercio exterior, *ley federal de derechos, -reglamentos emitidos por el ejecutivo, -decretos y acuerdos relacionados con el intercambio internacional de mercancías, servicios tecnológicos y capitales.

Antecedentes de la ley aduanera: *ley aduanera de 1935, *código aduanero de 1952, *ley aduanera de 1982.

Publicada el 15 de diciembre de 1995 y entra en vigor el 01 de abril de 1996.DOF.

Tiene como objeto regular la entrada y salida de mercancias al territorio y los medios que la transportan y los hechos o actos que deriven de este o de dicha entrada y salida de mercancias.

Estructuración de la ley aduanera: *titulos, *capitulos, *secciones, *articulos, *transitorios.

Reglamento: es un acto formalmnt administrativo y materialmnt legislativo. Conjunto de reglas de carácter general, abstractas e impersonales, tiende a ser práctica y posible de la ley.

Regido por 2 principios: Reserva de la ley el reglamento no puede regular aspectos que corresponden a una ley en materia fiscal, como es lo relativo al sujeto, objeto base, tasa o tarifa. Preferencia de la ley el reglamento debe ir en contra de lo que indica la ley fundamento legal art.89 CPEUM fracc. X, XIII.

Clasificación de aduanas Orígenes.- india, Egipto, fenicia, babilonia, Grecia, Arabia, roma y España.

*órgano de control de comercio exterior, *origen de la palabra arábigo “divanum” definición etimológica de aduana.- casa donde se recogen los derechos.

Definición moderna de aduana.- ente estatal encargado de realizar las funciones sustantivas de facilitación del comercio exterior, de recaudación de las contribuciones aplicables, reconociendo sus exenciones y franquicias, de fiscalización y verificación física y documental de las mercancías que entran y salen del territorio nacional a través de los diferentes traficos aduaneros por las diferentes fronteras del pais, del cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, asi como la prevencion y aplicación de sanciones por las irregularidades detectadas, llevando a cabo las estadisticas de comercio.

Organización de control aduanero: ordenamiento jurídico regulatorio *ley del SAT art.8 y reglamento interior del SAT art.2 (22/10/2007). Establece facultades y organización para el ejercicio de las mismas. *SAT; AGA Admon Gen de Aduanas; *Admon. Centrales * aduanas.

SAT: *Unidades administrativas.- Admon gen de serv al contribuyente, de auditoria fiscal federal, jurídica, de comunicaciones tecn. de info, de planeación, de recursos y servicios, de aduanas, de recaudación, de grandes contribuyentes, de evaluación.

*Unidades administrativas regionales.- Admones. locales, regionales y aduanas.

AGA: Admon central de operación aduanera, de regulación aduanera y de investigación aduanera.

Distribución.- de acuerdo a las necesidades y requerimientos de cada zona geográfica y diferentes polos de desarrollo, parques y corredores industriales, muelles, infraestructura de transporte.

Ordenamiento jurídico.- establece su nombre, sede, circunscripción territorial (jefe del SAT art. 37 RISAT).

*Extensiones de los puntos de revisión –Secciones aduaneras, -aeropuertos internacionales, -terminales ferroviarias, -terminales de autobuses, -otros puntos de revisión(Garitas).

Clasificación en función de su volumen de operación *tipo A.- elevado volumen de operaciones, *tipo B.- regular numero de operaciones, *tipo C bajo numero de operaciones.

Clasificación en función de su ubicación y tipo de trafico – aduanas fronterizas, - aduanas marítimas, -aduanas interiores.

Ubicación.- 49 aduanas, 3,152 km de frontera norte, 1,149 km de costas, 64 salas internacionales de pasajeros y 248 puntos de servicio. 19 aduanas frontera norte, 2 aduanas frontera sur, 17 aduanas marítimas y 11 aduanas interiores.

Importación.- es la introducción de mercancías de procedencia extranjera de bienes a un territorio aduanero nacional. Dícese de la adquisición de obligaciones y derechos en la esfera económica y jurídica de los importadores sobre bienes extranjeros. “conjunto de bienes y servicios que se introducen a un país procedentes del extranjero a través del comercio internacional”.

Exportación.- salida de mercancías de un territorio aduanero (nacional, regional cuando se trata de una unión o comunidad aduanera) con destino al extranjero, aun cuando hayan estado almacenados en zonas francas. Comprenden venta y envió de productos, mercancías, servicios de un país a otro.

SH.- órgano desconcentrado de la admin. Publica centralizada auxiliar en el ejercicio de sus facultades del eje fed dentro de sus respectivas competencias.

Autoridad Aduanera.- las de acuerdo con el RISAT y otras disposiciones aplicables, tengan competencia de ejercer facultades en materia aduanera.

Mercancías.- productos, artículos, efectos o cualquier otro bien incluso aunque sea inalienable e irreductible a propiedad particular.

Impuestos al comercio exterior.- los impuestos gen de imp y exp conforme a las tarifas de las leyes respectivas art. 51 LA.

Requisitos.- cumplir las reglas de carácter general de la resolución miscelánea de comercio exterior vigente (numeral 33 fracc. I G.C.F.F) mecanismo de selección automatizado det. Si las mercancías  se someterá a reconocimiento aduanero art. 43 LA, programas de devolución de aranceles régimen de imp det para su posterior exp art. 303 TLCAN y 63 LA Draw Back. Programas de diferimiento de aranceles reg. Aduanero de imp Temp. Para la elaboración, transformación y reparación en programas de maquilas.

Mermas.- mercancías que se consumen o pierden en el desarrollo del proceso productivo y cuya integración no puede comprobarse.

Desperdicios.- residuos de las mercancías después de un proceso productivo al que fueron sometidos, rotos, desgastados, obsoletos o inutilizables.

Mecanismo de selección automatizado.- determina si las mercancías se someterán a reconocimiento aduanero o 2º reconocimiento art. 43 LA.

Despacho aduanero.- conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías al territorio nacional de acuerdo con los diferentes tráficos y aduaneros, realizarla en la aduana, agentes, autoridades, propietarios, destinatario y remitente.

Actos y formalidades del registro aduanero.- *deposito ante la aduana, *encomienda de agente aduanal, *tramite de registros, autorización y permisos RRNA, *inscripción al padrón de imp y exp.

Entrada y salida del territorio nacional.- *por trafico terrestre, marítimo, aéreo, fluvial, *otros medios de conducción, * via postal, *lugar autorizado (aduanas), *lugar distinto al autorizado, art. 10,11 y 140 LA, 7,8, 13 LA.

Distinguir 3 figuras: *puerto, *recinto portuario, *recinto fiscal, *recinto fiscalizado. Art. 2 ley de puertos y 14 y 14-A LA.

Puerto.- lugar de la costa o rivera habilitado como tal por el Ejec Fed. Para la recepción, abrigo y atención de embarcaciones, compuesto por el recinto portuario, compuesto por accesos, zonas de desarrollo y aéreas de uso común, funcionamiento, servicios, terminales e instalaciones públicos y particulares, transferencia de bienes y transbordo de personas entre los modos de transporte que enlaza.

Recinto portuario.- zona federal limitada y determinada por la SGOB, SH y la de Desarrollo social en puertos, terminales y marinos, comprende areas de agua y terrenos de dominio publico destinados al establecimiento de instalaciones y prestación de servicios portuarios.

Recinto fiscal.- lugar en que la autoridad aduanera realiza indistintamnt las funciones de manejo, almacenaje, custodia, carga y descarga de las mercancías de comercio exterior, fiscalización, así como el despacho aduanero de las mismas.

Recinto fiscalizado.- Concesionado o autorizado a una persona moral, colindante a un recinto fiscal/portuario o dentro del mismo, adquiere obligaciones con el fisco federal.

Actividad aduanera.- aquellas act que le van a permitir al agente de aduanas a través de sus tramitadores y personal, tramitar lo necesario para la exportación.

Ley aduanera mexicana.- *COCEX.- Comisión de comercio exterior, órgano de consulta obligatoria de las dependencias y entidades administrativas en relación con las negociaciones internacionales RRNA, medidas urgentes, aranceles. Encargada de emitir su opinión en asuntos de comercio exterior de conformidad a lo establecido con el LCE. *COMPEX.- Comisión encargada de analizar, evaluar, proponer y concertar acciones entre los sectores publico y privado en materia de exportaciones de bienes y servicios para facilitar, promover y diversificar y consolidar el intercambio comercial, fortalecimiento de la planta productiva nacional.

SE.- *estudiar, proyectar y proponer el ejec fed modificaciones arancelarias. *tramitar y resolver las investigaciones en materia de medidas de salvaguarda, así como imponer las medidas que resulten de la investigación, *estudiar, proyectar, establecer y modificar medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exp, imp, circulación y transito de mercancías, *otorgar permisos y asignar cupos de exp e imp, *establecer los requisitos de mercados del país de origen.* tramitar y resolver las inv en materia de practicas desleales de comercio int, asi como determinar las cuotas compensatorias, *asesorar a los exportadores mexicanos involucrados en investigaciones en el extranjero en materia de practicas desleales de comercio int y medidas de salvaguarda o cualquier otro de que resulte una restricción a la imp en otros países, *coordinar las negociaciones comerciales int con las dependencias competentes, lo solicite la secretaria con los sectores productivos. *expedir las disposiciones de carácter admón. en cumplimiento de los tratados y convenios int en materia comercial de los que México sea parte, *establecer los programas y mecanismos de promoción y fomento a las exp, asi como las disposiciones que lo rijan, escuchando sectores productivos del sector publico y privado, *emitir reglas que establezcan disposiciones de carácter gen en el ámbito de su competencia, criterio necesario para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales int, decretos, reglamentos, etc. *las demás que le encomienden expresamnt las leyes y los reglamentos.



Stephanie Rocio Acevedo Gonzalez

DERECHO ADUANERO

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