Escrito el 10 de Febrero de 2009 en Español y con un tamaño de 2.329 bytes.
4. L: Regula las relaciones individuales y colectivas que se desarrollan en el ámbito profesional y que tienen su origen en el trabajo prestado de forma personal, voluntaria, por cuenta ajena, retribuida y en dependencia del empresario. 4.1. Fuentes del Derecho Laboral: pueden ser externas o internas. Fuentes Externas: -Reglamentos Comunitarios: Ley comunitaria que afecta a todos los estados miembros. - Directivas comunitarias: normas que suponen una obligación respecto al resultado que hay que alcanzar, pero requieren una normativa de adaptación. - Convenios de la OIT: Convenios que forman parte del ordenamiento jurídico de los estados miembros cuando han sido ratificados por éstos. - Tratados o Convenios bilaterales o multilaterales: Acuerdos entre dos o más estados. Fuentes internas: -La constitución española establece que la legislación laboral es materia exclusiva del Estado. - Fuentes de rango inferior a la constitución: § Leyes en sentido estricto § Normas con rango de ley § Reglamentos § Convenios colectivos § Contrato de trabajo § La costumbre laboral 4.2. Principios de aplicación del derecho laboral: - PRINCIPIO DE NORMA MÍNIMA - Principio in dubio por operario, o simplemente prooperario - Principio de norma más favorable - Principio de la condición más beneficiosa - Principio de irrenunciabilidad de derechos 4.3. Administración y jurisdicción laborales: La administración laboral está formada por los órganos especializados del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y las consejerías o departamentos de trabajo de las comunidades autónomas. El organismo encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa es la Inspección de Trabajo. Juridiscción laboral: La Constitución reconoce el derecho fundamental a la protección judicial de los derechos. Su estructura orgánica es: - Juzgado de lo social - Salas de lo social de los tribunales superiores de justicia de las Comunidades Autónomas - Sala de lo Social de la Audiencia Nacional - Sala de lo Social del Tribunal Supremo