Ley 16744

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LEY 16744
• Solidaridad;
• Universalidad;
• Integridad;
• Unidad.Objetivos:
Prevenir;
Este es el punto de mayor importancia, ya que obliga al empleador a incorporar la Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
• Curar;
• Indemnizar;
• Rehabilitar;


Comité primario de higiene y Seguridad (C.P.H.S)

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad, es un organismo técnico formado al interior de las empresas, compuesto por representantes de los trabajadores y del empleador, el cual tiene por objetivo, implementar acciones preventivas mediante acuerdos de sus integrantes, tendientes a prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, siendo obligatoria la organización, de uno o más C.P.H.S. en la faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 artículo nº66 de la ley 16744, regulada y reglamentada en su constitución y funcionamiento bajo el decreto nº 54 (11/Marzo/1969) del Ministerio de Previsión Social.

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