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Escrito el 21 de Febrero de 2010 en
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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Preámbulo
El preámbulo habla sobre lo que es la Constitución y de qué tratan las normas.
Título preliminar
Son los primeros 9 artículos,
Art.1 habla sobre la Soberanía Nacional y los valores del Estado.
Art.2 trata sobre la unidad de la Nación y garantiza derechos de las autonomías
Art.3 Proclama el castellano y otras lenguas españolas como oficiales
Art.4Describe la bandera española (roja-amarilla-roja) y reconoce las banderas autónomas
Art.5 Dice que la capital española es Madrid
Art.6 Habla de la libre creación de partidos políticos
Art.7 Libre creación de los sindicatos de trabajadores y asociaciones de empresarios.
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Escrito el 22 de Junio de 2011 en
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1. QUIEBRA
Definición de quiebra:
Alfredo Rocco: La quiebra es una situación de desequilibrio entre valores realizables y prestaciones exigibles.
Ricardo Sandoval: La quiebra es el estado de una persona natural o jurídica, comerciante o no, que ha cesado en el pago de sus obligaciones civiles o mercantiles, judicialmente declaradas.
Álvaro Puelma: La quiebra es el estado excepcional en el orden jurídico de una persona producido por la falta o imposibilidad de cumplimiento igualitario de sus obligaciones, declarada judicialmente.
Causales de declaratoria de quiebra:
ART 41° El deudor que ejerza una actividad comercial, industrial, minera o agrícola, deberá solicitar la declaración de su quiebra antes de que transcurran quince días contados desde la fecha en que haya cesado en el pago de una obligación mercantil.
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Escrito el 20 de Junio de 2011 en
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Epígrafe 1: la echazón.El primer riesgo del mar es la echazón. Echazón: arrojar las mercancías por la borda cuando se observa un problema que afecta a la navegación. La echazón es una institución antiquísima. La echazón es el primer tipo de avería que se produce a un nave y durante la Edad antigua y la Edad Media la echazón fue sumamente corriente y apareció regulada por los textos jurídicos. La echazón consiste en que ante un peligro determinado que puede ser presencia de piratas, peligros del mar, presencia de rocas u otras circunstancias arrojar mercancías por la borda para que la nave pese menos y pueda flotar mejor. La echazón es un acto y está dirigida a proteger los diversos intereses de abordo. Se considera este peligro inminente para la vida de los que van en el buque y también para el propio barco, hace que las clausu
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Escrito el 10 de Junio de 2010 en
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DETENCION POLICIAL:Es la obligación que tienen todos los funcionarios de policía para privar de libertad a una persona a la que se la supone implicada en un proceso delictivo durante el tiempo indispensable para practicar las diligencias pertinentes. A diferencia de la detención practicada por particulares, esta es una obligación legal. A tenor del Art. 492 LECr, la autoridad o agente de policía estara obligados a detener a cualquier persona que se encuentre en cualquiera de loa casos del Art. 490 LECr. En cuanto a la detención por faltas no se podrá detener por ellas a no ser que la persona no tuviese domicilio conocido o no de fianza suficiente a juicio de la autoridad que intenta detenerle.En el Art. 490 LECr hace referencia a tres conceptos, flagrancia, fuga y rebeldía. Se entiende por delito flagrante aquel que se esta cometiendo o se acaba de cometer. Por fuga entiende la LECr, aquella que se produce en el establecimiento penal en el que se cumple condena. Rebeldía hay que tener en cuenta lo dispuesto en los Art. 512 y 513 LECr.
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Escrito el 20 de Junio de 2011 en
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Epígrafe 3: la formación y recepción del derecho común. *****
La recepción del derecho romano es un fenómeno capital en la historia de los países europeos de Occidente. A partir de esta recepción estos países tienden a sustituir por un derecho común sus respectivos derechos nacionales y esto irá unido al proceso de unificación política que se va a producir en la Europa de la alta Edad Media.En el siglo XI se descubrió en Italia varios manuscritos de la compilación de Justiniano, estos textos de derecho romano van a despertar gran interés para los estudiosos.Estos juristas intentan conocer estos textos, los interpretan, los combinan con los preceptos del derecho canónico y del derecho feudal de cara a su utilización práctica; de esta forma sientan las bases del derecho común que será un elemento de unificación ideológico de Europa. El derecho común está formado por 3 elementos:- Derecho romano.- Derecho canónico.- Derecho feudal.
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Escrito el 20 de Junio de 2011 en
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Epígrafe 1: Préstamos marítimos primitivos.El primer texto donde aparecen los préstamos marítimos son las leyes de Manú de la India, 10 siglos antes de Cristo, hablan de prestar dinero para realizar una actividad marítima. En Grecia aparecen 2 modalidades, un préstamo marítimo para un viaje de ida o de vuelta, para una sola travesía y la segunda variedad es aquel préstamo que se hace para un préstamo de ida y de vuelta. El Anfoteroploun y el Eteroploun, el Anfoteroploun supone que se presta una cantidad de dinero para la realización de un viaje de ida y vuelta. El Eteroploun se presta primero para la realización de una sola travesía. En la primera modalidad el prestamista no viaje en el buque sino que lo hace una persona de su confianza y en la otra modalidad suele viajar el prestamista en el buque y puede controlar al prestatario.
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Escrito el 20 de Junio de 2011 en
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Epígrafe 1: el delito y la pena.
DelitoEl poder público que dirige la vida de la sociedad es el que determina en cada momento las bases para la convivencia y prohíbe los actos que ponen aquella en peligro. El número y las clases de actos prohibidos van a depender del momento histórico concreto. De forma que un acto puede ser indiferente en una época y adquirir gran significado en otra.La importancia del derecho penal estará en proporción inversa al desarrollo de la sociedad. Así las normas penales superan a las civiles en aquellos momentos en los que la sociedad es débil. Por ejemplo, entre los pueblos primitivos o en la Alta Edad Media. Sucede lo contrario en los momentos en los que la sociedad es más fuerte.
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Escrito el 26 de Abril de 2011 en
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LOREG 5/1985 19/06. LOTCons 2/1979 3/10. LOA-E-S 4/1981 1/06. LOFAGE 6/1997 14/04. LOPJ 6/1985 1/07. RGTO Cong. 10/02/182. RGTO Sen. 3/05/1994. LOTCuen 2/1982 12/05. LOFTCuen 7/1988 5/04. L Modf. 30/92 4/1999 13/01. LCSP 30/2007 30/10. LGT 58/2003 17/12. LGP 47/2003 26/11. LGob. 50/1997 27/11. LPAAPP 33/2003 3/11. L.Inici.Popu 3/1984 26/03. L.Consj.Estdo 3/1980 22/04. L.Dcho.Petic. 4/2001 14/11. LJC-A 29/1998 13/07. LEBEP 7/2007 12/04. LFF y CCSeg. 2/1986 13/03. RD RGTO DiscFxros 33/1986 10/01. L.Imcomp Fxros 53/1984 26/12. L.Iguald H-M 3/2007 22/03.
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Escrito el 20 de Junio de 2011 en
Español y con un tamaño de 4.256 bytes.
Epígrafe 5: los cinco reinos.
En la Península Ibérica, con independencia de otros territorios, con ocasión de la Reconquista, nacieron cinco reinos y se logró un equilibrio entre ellos:
1. Reino de Asturias-León.
2. Reino de Portugal.
3. Reino de Castilla.
4. Reino de Navarra.
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Escrito el 24 de Octubre de 2011 en
Catalá y con un tamaño de 2.553 bytes.
La comisio europea esel organ que actua amb independencia dels estats membres,tecom a objectiu vetllar iprotegir els interesos dels ciutadans.Formada per 27membresnomenats pels governs estats.Des de 1maig2004 correspon 1 comisari x kada estat.periode de 5anys.Oficina a Bruseles, els20membres dela comisio son responsables dla seva politicai direccio. El president de la comissio es elegits pels caps destat o de govern reunita en el consell europeu.Funcions comissió:presentar propostesde legislacio> defensar interesos europeus,consultar abm els governs dels estats>respectar principi de subsidiarietat.vetllar x laplicacio dels tractats. gestionar i executar les politiques dela unio. Responsabilitats:
... (Continua)