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Escrito el 11 de Junio de 2009 en
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Escrito el 25 de Abril de 2009 en
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Escrito el 07 de Agosto de 2009 en
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Control ejecutivo cedibleee!!
1.- Qué debe llevar un comerciante de manera obligatoria en su contabilidad y correspondencia?
Art. 25. Todo comerciante está obligado a llevar para su contabilidad y correspondencia:
1 El libro diario;
2 El libro mayor o de cuentas corrientes;
3 El libro de balances;
4 El libro copiador de cartas.
2.- l Hasta qué momento deben los comerciantes conservar los libros de su giro?
Según eartículo 44 del Cód. Com. Los comerciantes deberán conservar los libros de su giro hasta que termine de todo punto la liquidación de sus negocios. Es decir, toda la vida del negocio.
3.- Concepto de Letra de cambio:
Podemos definir la letra de cambio como un título de crédito que contiene la orden, no sujeta a condición, de pagar una cantidad determinada o determinable de dinero, en la época fijada en ella o a su presentación a la vista, que obliga a cumplirla para con el beneficiario designado o a su orden o con el portador legítimo, al aceptante, al librador, a quienes le hayan hecho circular por endoso traslaticio y a los que garanticen su pago por alguno de los nombrados.
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Escrito el 20 de Junio de 2010 en
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Valores Universales o compartidos
Los valores compartidos comprenden todos aquellos que en una sociedad, nación o comunidad se aceptan de forma generalizada. Este grupo lo integran:La dignidad de la persona,la justicia,la libertad,el respeto a la vida, la seguridad fisica y social,la felicidad y la belleza
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Escrito el 30 de Noviembre de 2009 en
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TEMA 1
EL DELITO DE HURTO: Se entiende por hurto, todo acto en el cual una persona se apodera de algún objeto mueble, perteneciente a otro para aprovecharse de él, quitándolo, sin el consentimiento de su dueño, del lugar donde se hallaba.
ELEMENTOS.
El verbo rector: Es apoderarse. El apoderamiento es el acto consumativo del hurto. Por tanto, el hurto admite el grado de tentativa, más no el de frustración.
Momento consumativo (teorías):
a.Teoría de la aprehensión de la cosa: Según ella, el hurto se consuma cuando el agente pone su mano sobre la cosa.
b.Teoría de la Remoción: Se considera consumado el hurto cuando la cosa es movida o trasladada de lugar
c.
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Escrito el 28 de Mayo de 2010 en
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Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
TITULO I
Disposiciones Fundamentales
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. La Administración Pública Nacional y la Administración Pública Descentralizada, integradas en la forma prevista en sus respectivas leyes orgánicas, ajustarán su actividad a las prescripciones de la presente ley.
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Escrito el 11 de Marzo de 2009 en
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Escrito el 22 de Junio de 2009 en
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7.1 La colaboración externa con el empresario y los arrendamientos mercantiles, de servicio y de obra: rasgos distintivos. Distinguimos varios conceptos: " Arrendamiento de servicio: es un contrato de actividad por el cual una de las partes, el arrendador, se obliga a prestar un determinado servicio y la otra parte, el arrendatario, se obliga a pagar el precio estipulado. Es un contrato de actividad porque el arrendador tiene derecho a cobrar siempre que desarrolle su actividad con la diligencia debida. " Arrendamiento de obra: es un contrato de resultado por el cual una de las partes, el arrendador, se obliga a realizar una obra determinada obteniendo un resultado pactado, y la otra parte el arrendatario se obliga a pagar el precio estipulado, siempre y cuando, el arrendador alcance el resultado. " Contrato de colaboración: es aquel por el que una de las partes, el colaborador, se obliga a realizar una determinada operación mercantil y la
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Escrito el 01 de Octubre de 2009 en
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Tema 1. Nociones Fundamentales del Derecho Internacional Privado
1. Generalidades
Al existir una relación jurídica que toque la legislación de dos Estados, se está presente ante un conflicto de Derecho Internacional Privado que amerita la determinación de la ley a aplicar ante esa relación.
Es bien conocida la necesidad del hombre, como ser social por excelencia, de interrelacionarse con sus semejantes, ya sea para satisfacer sus necesidades o para su desarrollo personal lo que hace distinguir dos factores:
a) Un factor sociológico que genera dos fenómenos:
El cosmopolitismo, que se refiere a desarrollo del ser humano y su necesidad de interrelación con otros; el hombre es universal, le gusta viajar, conocer otros países, estar en contacto con otras personas, y el desarrollo tecnológico actual en la humanidad ha facilitado el desplazamiento de las personas en forma increíble lo que ha llevado a la conformación de una sociedad sin fronteras.
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Escrito el 25 de Abril de 2009 en
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