Clasificado en Resumenes de Otras materias de Formación Profesional.
Escrito el 18 de Marzo de 2010 en
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Tema 10: 15) ¿En que consiste el derecho de separación de los elementos del socio en la SA y cuales son las vertientes económicas del mismo? La LSA reconoce el derecho de separación del accionista disconforme con el acuerdo de la mayoría adoptado por la Junta General en los 3 supuestos siguientes:
a)Sustitución del objeto legal
b)Traslado del domicilio social al extranjero
c)Transformación de una SA en una sociedad colectiva o comanditaría, simple o por acciones
Los accionistas que hayan ejercido el derecho de separación obtendrán el reembolso de sus acciones. La determinación del valor de reembolso de las acciones se hace distinguiendo según que las acciones coticen o no en bolsa.
·Si las acciones cotizan en bolsa. El reembolso será al precio de la cotización media del ultimo trimestre
·Si no cotizan existen 3 alternativas consecutivas:
a)El valor de reembolso se fijara por acuerdo entre la sociedad y los interesados
b)A falta de acuerdo, vendrá determinado por el auditor de cuentas de la sociedad.
c)Si la sociedad no tuviese auditor de cuentas, el valor de las acciones vendrá determinado por un auditor designado por el registrador mercantil del domicilio social. Tema12: 1)¿Por qué el Art. 1170.2 del Código civil permite señalar la existencia de dos obligaciones derivadas de la entrega de un titulo-valor?
Porque el titulo-valor no refleja la posición jurídica derivada de una relación subyacente, sino que constituye una nueva obligación superpuesta a aquella; hace al decidor doblemente obligado dos relaciones, la causal y la cartácea, jurídicamente diferenciadas. Es decir, la creación de un titulo-valor produce el nacimiento de una obligación cartácea, diferente de la fundamental de la que tiene causa y con la que coexiste.
Tema 13: 15)¿Qué efectos tiene el aval en la letra de cambio? (cfr. Art. 37 LC) Según el Art. 37 LC, el avalista responde de igual manera que el avalado y no podrá oponer las excepciones personales de éste. Será valido el aval aunque la obligación garantizada fuese nula por cualquier causa que no sea la de vicio de forma. Cuando el avalista pagara la letra de cambio, adquirirá los derechos derivados de ella, contra la persona avalada y contra los que sean responsables cambiariamente respecto de ésta ultima.
Tema 14: 2)¿Puede el tenedor reclamar el importe de la letra antes de su vencimiento? (cfr. Art. 50 LC)
Podrá hacerlo en los siguientes casos: Cuando se hubiese denegado total o parcial la aceptación.
-Cuando el librador, sea o no aceptante, se encontrara en suspensión de pagos, quiebra o concisión o hubiere resultado infructuoso el embargo de sus bienes.
-Cuando el librador de una letra, cuya presentación a la aceptación haya sido prohibida se encontrase en suspensión de pagos, quiebra o concisión.
Tema 15: 9)¿Para qué sirven los plazos de presentación al pago que establece el Art. 135 LC?
Porque según el articulo 135 LC, la revocación (dejar sin efecto) de un cheque no se produce hasta que no se acaba el plazo de presentación. Si no hay revocación, el librado puede pagar aun después de que acabe el plazo.
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