Clasificado en Resumenes de Derecho de Formación Profesional.
Escrito el 13 de Febrero de 2011 en
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TEMA 10: 1.-LAS ORGANIZACIONES SINDICALES: 1-ANBITO TERRITORIAL DE LOS SINDICATOS: -Estatal o nivel de todo el estado. -Autonómico. -Provincial. -Interprovincial. -Local. -De empresa. -2 AGRUPACIÓN DE LOS SINDICATOS POR ACTIVIDADES O RAMAS DE PROCDUCCIÓN: -Se llaman federación sindical (enseñanza, metal, banca, etc.), pudiendo ser de ámbito estatal, autonómico, provincial. 3- La agrupación de todas las federaciones de un mismo sindicato se llama Confederación sindical. 4- FINANCIACION DE LOS SINDICATOS: -Con la aportación de los afiliados (cuotas sindicales). -Subvenciones del estado, comunidades autónomas. -Ingresos privados. -Cursos de formación. 5-EXCEPCIÓN DE DERECHO DE SINDICACIÓN: -Jueces, magistrados y fiscales que estén en activo. -Los miembros de las fuerzas armadas y los restantes cuerpos sometidos a disciplina militar. 2.-REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES: 1-REPRESENTACION UNITARIA: -Delegados del personal (menos de 50 trabajadores la empresa). -Comité de empresas (menos de 50 trabajadores la empresa). -Canalizan la participación en la empresa independientemente de estar afiliado o no a un sindicato. 2- REPRESENTACION SINDICAL: -Secciones Sindicales. -Es el cauce de participación de los afiliados a un sindicato en una empresa. 3.-REPRESENTACION UNITARIA: 1-ELECCIONES: -Quienes pueden ser lectores: Todos los trabajadores mayores de 16 años, y que tenga una antigüedad en la empresa de al menos un mes. -Quien puede ser elegibles: Los trabajadores mayores de 18 años y que tengan una antigüedad en la empresa de al menos 6 meses. -Las elecciones se realizaran: Mediante sufragio, personal, libre, directo y secreto: 2-CONVOCATORIA DE ELECCIONES: 1-Las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal y autonómicas. 2-Los sindicatos que hayan obtenido al menos el 10% de los representantes en las empresas en su sector. 3-Comunicacion de la convocatoria de elecciones: Al menos con un mes de antelación a la fecha de la celebración de las elecciones. -Se debe comunicar al empresario o autoridad laboral. 4-Se puede convocar las elecciones para cubrir: -La totalidad de los puestos "5". -O bien mediante elecciones parciales demisión, fallecimiento o remuneración del puesto. 4.-COMITE DE EMPRESAS: 1-CONCEPTO: Es el órgano de representación de los trabajadores en empresas o centros de trabajo cuyo número de trabajadores sea 50 o más. 2-COMPOSICION: -Está en función al número de trabajadores. 3-COMITE DE EMPRESAS CONJUNTO: -En las empresas que tengan en la misma provincia o municipios limítrofes 2 ó más centros de trabajo que no alcancen los 50 trabajadores, pero en su conjunto lo sumen podrán formar un comité de empresa conjunto. 5.-DELEGADOS DEL PERSONAL: 1-CONCEPTO: Son aquellos representantes de los trabajadores de aquellas empresas que tengan más de 10 y menos de 50 trabajadores. 2- COMPOSICION: Hasta 30 tendrá 1 representante, de 31 a 49 tendrá 3 representantes. 3- Si tiene un centro de trabajo que tenga entre 6 y 10 trabajadores podrá decidir por acuerdo mayoritario tener 1 representante. 6.-COMPETENCIAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: 1-RECIBIR INFORMACION: -La evolución del sistema económico. -Situación de la producción. -Evolución del empleo. -Absentismo laboral. -Sanciones por faltas graves y muy graves. -Saber la seguridad e higiene en el trabajo. 2-CONOCER EL ESTADO ECONOMICO DE LA EMPRESA: -Conocer la contabilidad de la empresa. -Conocer el balance de la empresa. -Conocer la cuenta de resultados de la empresa. 3-EJERCER UN AVIGILANCIA DE: -Las normas labóreles. -Condiciones de seguridad e higiene. 4-EMITIR INFORMES: -Sobre restructuración de plantilla. -Reducción de jornadas. -Estudio de tiempos, sistemas de organización y control en la empresa. -Planes de formación profesional. 7.-GARANTIAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: 1-APERTURA DE UN EXPEDIENTE CONTRADICTORIO: -Si la empresa pretende sancionar al trabajador por falta grave o muy grave. -Dervera ser oídos: -El representante legal de la persona interesada. -El comité de empresa antes de ser sancionado. -Los delegados del personal. 2-PRIORIDAD DE PERMANENCIA EN LA EMPRESA: -Respecto a los demás trabajadores en el supuesto de suspensión o extinción del contrato de trabajo por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor. 3-NO SER DESPEDIDO NI SANCIONADO: -Durante el ejercicio de sus funciones. -Y durante el año siguiente al termino de su mandato. 4-: Expresar con libertad sus opiniones. 5-Los trabajadores tienen derecho a disponer de horas semanales retribuidas para el ejercicio de sus funciones, cuantos más trabajadores más horas. 8.-DERECHO DE REUNION DE LOS TRABAJADORES: 1-Los trabajadores de una misma empresa pueden reunirse en asamblea para consultar cual quier tema laboral, fuera de las horas laborales salvo acuerdo con la empresa. 2-CONVOCATORIA DE LA ASAMBLEA A INSTACIA: -Del comité de empresa. -Del delegado del personal. -Por número de trabajadores que representen al menos al 33% de la plantilla. 3-Los acuerdos que se adopten requieren el acuerdo mayoritario de los trabajadores de la empresa. 9-LOS SINDICATOS MAS REPRESENTATIVOS: 1-AMBITO ESTATAL: -Si cuentan como mínimo con el 10% de los votos de los delegados del personal y de los miembros del comité de empresas de todo el estado. 2- AMBITO AUTONOMICO: -Si cuenta como mínimo con el 15% de los votos de los delegados del personal y de los miembros del comité de empresa de todas las comunidades autonómicas, que cuenten además con 1500 representantes.
| Tags:trabajadores,representacion,dervera ser oídos,las elecciones se realizaran,quien puede ser elegibles,quienes pueden ser lectores | |
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