Administración General del Estado: Principios y Organización
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Administración General del Estado: Eficacia
Los administradores deben actuar con objetivos claros que permitan el bien común.
Jerarquía
Los órganos de rango inferior deben respetar los de rango superior.
Descentralización
Las prestaciones que recibe el ciudadano tienen que estar gestionadas por las Administraciones más próximas a él.
Desconcentración
Implica que dentro de una misma administración, un órgano superior transfiere una competencia a un órgano inferior con el objetivo de que la desarrolle y la perfeccione.
Coordinación
Los diferentes órganos tienen que actuar de forma conjunta, para sumar esfuerzos, economizar recursos y promover el desarrollo de la sociedad.
Legalidad
Las Administraciones actúan sometidas al cumplimiento estricto de las leyes vigentes.
Administración Central
El gobierno está formado por el Presidente del Gobierno, el Consejo de Ministros, el Vicepresidente (no es obligatoria su existencia, lo nombra el presidente del gobierno y le sustituye) y los Ministerios.
Control financiero de la administración
La Intervención General de la Administración del Estado realiza una función de control de carácter interno y previo, es decir, se realiza con anterioridad a que se haga el gasto. El Tribunal de Cuentas, depende de las Cortes, realiza una función de control de carácter externo y posterior.
Administración Autonómica
El artículo 2 de la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía. El artículo 137 establece que el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y comunidades autónomas.
Estatutos de autonomía
Los estatutos de autonomía incluyen la denominación de la comunidad, la delimitación de su territorio, la denominación, organización y sede de las instituciones autonómicas propias, y las competencias asumidas.
Instituciones autonómicas
La Asamblea Legislativa o Parlamento Autonómico está formado por los diputados elegidos por sufragio. También se encuentran el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de Gobierno. Las competencias exclusivas son aquellas que la comunidad autónoma puede gestionar en exclusividad, sin intervención del Estado. Las competencias compartidas son aquellas en las que se comparte una materia y se reparten las competencias asociadas. Las competencias concurrentes son aquellas en las que varias entidades tienen la misma competencia sobre una materia.
Financiación de las comunidades autónomas
Las comunidades autónomas se financian a través de sus propios impuestos y operaciones de crédito.