Contratos: Tipos, Elementos y Características
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Contrato: Acuerdo entre dos partes
Un contrato es un acuerdo entre dos partes (acreedor y deudor) que origina un conjunto de derechos y obligaciones para cada una de ellas.
- El contrato debe satisfacer necesidades o intereses de las partes.
- En el contrato aparece voluntad y libertad de pacto entre las partes. No nos pueden obligar a firmar un contrato si no queremos.
- Las partes pueden crear, modificar o extinguir elementos del contrato.
Elementos del Contrato
Declaración de voluntad
- Expresa: Se dirige de forma expresa. Es clara y concreta.
- Tácita: El sujeto no manifiesta de modo directo su voluntad, sino que realiza una determinada conducta que presupone necesariamente voluntad.
La oferta, el plazo y la aceptación
- La oferta: Es la declaración que emite una persona proponiendo la celebración de un contrato a otra persona o al público en general. Si se fijan las condiciones que se ofrece son vinculantes en caso de aceptación.
- El plazo: No es perpetuo en el tiempo.
- La aceptación: Del contrato puede ser verbal o escrita.
Consentimiento
Las partes del contrato manifiestan tener voluntad sobre el objeto y la causa del contrato. Los menores no emancipados y los incapacitados deben disponer del complemento del tutor legal.
Objeto cierto
El objeto debe ser:
- Lícito: Legal conforme la Ley.
- Posible: Desde el punto de vista físico o jurídico.
- Determinado: Identificado en el presente o futuro.
Causa
Es la finalidad perseguida por las dos partes.
Contratos de Compraventa
En el contrato de compraventa uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.
Características
- Consensual: Se llega a un pacto entre las dos partes.
- Bilateral: Deben de existir dos partes.
- Oneroso: Debe de haber un lucro por alguna de las partes.
- Conmutativo: Existe una cierta relación entre el comprador y el vendedor.
- Traslativo.
Tipos
- Civil: Regulado por el Código Civil.
- Mercantil: Regulado por el Código de Comercio.
Elementos
1. Personales
- Comprador: Tiene la obligación de pagar.
- Vendedor: Tiene la obligación de ceder la cosa, dar una garantía, etc.
2. Materiales
- Cosa: La cosa tiene que ser legal, posible y determinada.
- Precio: Debe de ser un precio cierto, es decir, que el objeto que se vende tiene que tener una justificación.
Obligaciones
Vendedor:
- Conservar y custodiar la cosa.
- Entregar la cosa.
- Prestar garantía.
- Prohibición de doble venta.
Comprador:
- Pagar el precio.
- Suspender el pago.
- Ejecutar el pacto de reservas.
- Recibir cosas.
Modalidades
- Factoring: Oferta de servicios profesionales.
- Confirming: Financiación al cliente.
Franquicia
Contrato por el que una empresa denominada franquiciadora, cede a otra, llamada franquiciada, el derecho de explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios.
Transporte
Es un contrato de colaboración entre empresas. Dependiendo al transporte que hagamos referencia tendrá leyes diferentes.
Seguros
- Autorizaciones administrativas: Si somos una compañía administrativa necesitamos un tipo de autorización para demostrar solvencia.
- Compensa pérdidas causadas.
- A cambio de pagar una prima o cuota.
- Las primas recibidas le permiten pagar la indemnización.