Derechos y deberes de las partes en un contrato laboral
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Deberes comunes de las partes:
1. Deber de buena fe: Las partes deben ajustar sus conductas.
Buena fe calificada: “buen trabajador” “buen empleador”
2. Deber de colaboración y solidaridad: Se basa en que, al ser ambas partes integrantes de la comunidad estable de personas, existe entre ellas una vinculación existencial que trasciende a lo que es propio de meras relaciones de intercambio y los obliga a comportarse de modo tal que el “otro” obtenga del contrato los mayores beneficios posibles.
Derechos del empleador
1. Poder de organización: El empleador tiene facultades suficientes para organizar económica y técnicamente.
2. Poder de dirección: Consagra entre el empleador y el trabajador una relación de: mando y obediencia
Modo de ejercerse el Poder de dirección:
- con carácter funcional,
- atendiendo a los fines de la empresa, y a las exigencias de la producción.
Es un poder unilateral y discrecional
Límites: la ley), la razón, y la funcionalidad.
IUS VARIANDI
Facultad de empleador de modificar de manera no esencial las formas y modalidades de la prestación del trabajo.
Límites a su ejercicio: Razonabilidad, no alteración esencial del contrato, indemnidad del trabajador (moral y material)
Ius variandi – Ejercicio abusivo
Frente al ejercicio abusivo del ius variandi, el trabajador cuenta con dos opciones:
- Colocarse en situación de despido indirecto.
- Reclamar judicialmente el reestablecimiento de las condiciones alteradas.
3. Poder disciplinario
Facultad del empleador de aplicar sanciones frente a incumplimientos demostrados por los trabajadores.
El trabajador tiene derecho a impugnar o cuestionar la sanción dentro de los 30 días de notificada la medida.
Tipos de sanciones:
- Apercibimiento (aceptado por la jurisprudencia)
- Suspensión disciplinaria
- Despido con justa causa