Derechos y deberes de las partes en un contrato laboral

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Deberes comunes de las partes:

1. Deber de buena fe: Las partes deben ajustar sus conductas.

Buena fe calificada: “buen trabajador” “buen empleador”

2. Deber de colaboración y solidaridad: Se basa en que, al ser ambas partes integrantes de la comunidad estable de personas, existe entre ellas una vinculación existencial que trasciende a lo que es propio de meras relaciones de intercambio y los obliga a comportarse de modo tal que el “otro” obtenga del contrato los mayores beneficios posibles.

Derechos del empleador

1. Poder de organización: El empleador tiene facultades suficientes para organizar económica y técnicamente.

2. Poder de dirección: Consagra entre el empleador y el trabajador una relación de: mando y obediencia

Modo de ejercerse el Poder de dirección:

  • con carácter funcional,
  • atendiendo a los fines de la empresa, y a las exigencias de la producción.

Es un poder unilateral y discrecional

Límites: la ley), la razón, y la funcionalidad.

IUS VARIANDI

Facultad de empleador de modificar de manera no esencial las formas y modalidades de la prestación del trabajo.

Límites a su ejercicio: Razonabilidad, no alteración esencial del contrato, indemnidad del trabajador (moral y material)

Ius variandi – Ejercicio abusivo

Frente al ejercicio abusivo del ius variandi, el trabajador cuenta con dos opciones:

  • Colocarse en situación de despido indirecto.
  • Reclamar judicialmente el reestablecimiento de las condiciones alteradas.

3. Poder disciplinario

Facultad del empleador de aplicar sanciones frente a incumplimientos demostrados por los trabajadores.

El trabajador tiene derecho a impugnar o cuestionar la sanción dentro de los 30 días de notificada la medida.

Tipos de sanciones:

  • Apercibimiento (aceptado por la jurisprudencia)
  • Suspensión disciplinaria
  • Despido con justa causa

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