Despido Incausado, Fraude Laboral y Suspensión del Contrato de Trabajo
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Despido Incausado
Extinción unilateral de la relación laboral fundada en la voluntad del empleador, viciada de nulidad y carece de efecto legal.
Características
Se expresa de manera verbal o escrita. Ausencia de causa derivada de su conducta o su labor que lo justifique. Es una extinción unilateral de la relación laboral. Atenta contra el contenido esencial del derecho al trabajo. En este tipo de despedido procede una tutela restitutoria (reposición del trabajador).
Efectos
Trabajador debe plantear demanda por despido Incausado o Ad Nutum, vía acción de amparo, para lograr reposición en su puesto de trabajo. Accionar vía ordinaria laboral, pero solo tendría derecho a una indemnización por despido arbitrario.
Cese de las actividades propias del trabajador, por falta de una expresión de causa o motivo.
Despido Fraudulento
Acto ilícito laboral, en que el empleador da término a la relación de trabajo con el trabajador, basándose en una supuesta causa justificante y cumpliendo aparentemente el procedimiento establecido legal, pero que realmente no corresponde con el motivo real de la decisión, sino que se origina por un hecho fraudulento, para así perjudicar al trabajador, violentándose con ello su dignidad y sus derechos fundamentales laborales. No se encuentra previsto expresamente en nuestra legislación, solamente se encuentran regulados el despido nulo, arbitrario e indirecto.
Supuestos de imputación
Imputación al trabajador de hechos notoriamente inexistentes, falsos o imaginarios. Atribución al trabajador de una falta no prevista legalmente. Cuando se produce la extinción de la relación laboral con vicios de la voluntad. Cuando se produce la extinción de la relación laboral por «fabricación de pruebas». Utilización fraudulenta de alguna modalidad contractual distinta a la prevista por el ordenamiento jurídico vigente.
Vías y efectos: cuando el despido está fehacientemente acreditado, vía proceso de amparo se pide reposición. Cuando a la impugnación de despido fraudulento se acumulan otras pretensiones, vía proceso ordinario laboral se pide reposición.
Suspensión del Contrato de Trabajo
Cesa temporalmente la obligación de prestar servicios por causales estipuladas en la ley, convenio, reglamento interno de trabajo, o cuando las partes lo decidan, pudiendo o no mantenerse el pago de la retribución, sin que desaparezca el vínculo laboral.
Clases
Perfecta (Cuando cesan temporalmente las obligaciones de ambas partes contratantes: la del trabajador de prestar sus servicios y la del empleador de pagar las remuneración correspondiente.) Imperfecta (el empleador debe abonar la remuneración correspondiente sin contraprestación efectiva de labores por parte el trabajador, es decir, cuando hay cese de obligaciones solo de una de las partes y no de la otra)