Obl. convertibles y warrant
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DIFERENCIAS ENTRE OBLIGACIONES CONVERTIBLES Y WARRANT
OBLIGACIONES CONVERTIBLES
Son las que confieren a su tenedor la opcion de ser accionista de la sociedad que las ha emitido en unos plazos y condiciones fijados de antemano. LLevan incorporado un derecho de conversion en acciones de la empresa. El obligacionista pasra de acreedor a accionista sin efectura desembolso. Sera una opcion interesante siempre que el precio de conversion sea inferior al precio de cotizacion de las acciones en Bolsa.
Los elementos a tener en cuenta son: Rc=Ratio de conversion= numero d acciones/numero de obligaciones, Pe=precio de emision de las obligaciones, Pc= precio al que se valora la aacion para la conversion, P= precio de cotizacion de la accion en el momento de la conversion, Vc= Valor de conversion
Rc=Pe/Pc Vc= Rc . P Prima de conversion (term. absolutos)= Pe - Vc
Prima de conversion (%)= ( (Pe - Vc) / Vc ) . 100
Las obligaciones convertibles se consideran como recursos propios diferidos, puesto que en el caso de la conversion no se inyecta nueva financiacion a la sociedad, sino que solamente supone una transferencia de fondos al trasvasar deudas a capital.
OBLIGACIONES CON WARRANT
A diferencia de las anteriores, son obligaicones que llevan incorporado un derecho de conversion en acciones (warrant) que es separable y negociable independientemente de las obligaciones. El warrant es una opcion de compra futura de un numero determinado de acciones de la empresa emisora del emprestito. Dbera llevar fecha de ejercicio, y podra ser o no transferible. Si no se transfiere implica que no se podra negociar hasta la fecha del ejercicio y si se transfiere implica que se podra negociar en cualquier momento.