Sector sanidad andaluza

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Ordenacion funcional dl sistema sanitario publico d Andalucia.El servicio andaluz d salud. 1. El sistema sanitario publico andaluz (Ley 2/1998 d Salud d Andalucía). Artículo 43.El Sistema Sanitario Público d Andalucía es el conjunto d recursos, medios organizativos y actuaciones d las Administraciones sanitarias públicas d la Comunidad Autónoma o vinculadas a las mismas, orientados a satisfacer el derecho a la protección d la salud a través d la promoción de la salud,prevención de las enfermedades y la atención sanitaria.Artículo 46.La dirección y coordinación de las actividades, servicios y recursos dl Sistema Sanitario Público d Andalucía corresponden a la Consejería d Salud.2. El servicio andaluz d salud;;Funciones encomendadas al SAS En el Decreto 171/2009,19 de mayo, x el q se establece la estructura orgánica d la Consejería d Salud y dl Servicio Andaluz d Salud, podemos leer:Artículo 13. Servicio Andaluz d Salud.1. El Servicio Andaluz d Salud, d acuerdo con lo previsto en el artículo 64 d la Ley 2/1998,d 15 de junio, estará adscrito a la Consejería de Salud. 2. El Servicio Andaluz d Salud, d acuerdo con lo previsto en la citada Ley 2/1998, d 15 de junio, desarrollará las funciones q le están atribuidas bajo la supervisión y control d la Consejería de Salud.3. Corresponde al Servicio Andaluz d Salud el ejercicio d las funciones q se especifican en el presente Decreto,con sujeción a las directrices y criterios generales d la política d salud en Andalucía y, en particular, las siguientes:a)La gestión dl conjunto d prestaciones sanitarias en el terreno d la promoción y protección d la salud, prevención d la enfermedad,asistencia sanitaria y rehabilitación q le corresponda en el territorio d la Comunidad Autónoma d Andalucía.b)La administración y gestión d las instituciones, centros y servicios sanitarios q actúan bajo su dependencia orgánica y funcional.c) La gestión d los recursos humanos, materiales y financieros q se le asignen xa el desarrollo d sus funciones.Para la realización dl conjunto d prestaciones sanitarias a q se refiere el punto a) anterior, la cartera d servicios q comprende la atención sanitaria se divide en:– Atención Primaria – Atención Especializada.3. Atencion primaria d salud en Andalucía La Ley 2/1998 d Salud d Andalucía establece q la Atención Primaria d Salud es el primer nivel d acceso ordinario d la población al Sistema Sanitario Público d Andalucía y se caracteriza x prestar

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