Contemporanea

Clasificado en Otras materias

Escrito el en español con un tamaño de 7,95 KB

Las causas de la disolución de la República de Colombia fueron de Naturaleza política, económica, social, y geograficas, intimamente interrelacionada, las cuales pueden resumirse así:

-Los grupo oligarcas, tanto de Venezuela como de la Nueva Granada, nunca fueron partidarios de la creación de la República de Colombia y mucho menos del sistema de gobierno centralista.

-Un importante sector del pueblo venezolano, nunca se sinti´unido históricamente al pueblo neogranadino, y la oligarquía desde un comienzo se opuso a la Constitución de Cúcuta, a través de la prensa y de las Municipalidades.

-Los venezolanos que habían desempeñado el papel protagónico durante la guerra de Independencia, se sentían relegados a un segundo plano, como consecuencia de la creación de la República de Colombia y la escogencia de Bogota y no Caracas como su capital.

-El factor geográfico influyó de manera decisiva en el proceso de disolución de Colombia, por dos razones básicas: las enormes distancias y la gran dificultad en las comunicaciones.

¿que importancia tiene para nosotros el congreso de 1830?
el congreso de 1830 sirvió para legalizar la separación de Venezuela de Colombia; y fue el punto de partida para la organización jurídica y política de la republica al promulgar la constitución del nuevo estad0 que con el nombre de Republica de Venezuela se proyecta hasta nuestros días.

¿Cuales fueron los aspectos mas importantes en la constitución de 1830 de Venezuela?
Sus características principales son las siguientes:

1) En cuanto a la forma de Estado establece un sistema que se ha llamado centrofederal, pues aunque consideraba al Estado como unitario, centralista, daba a las provincias que lo componían considerable autonomía, con una Asamblea o Diputación provincial electa por los cantones que componían a cada provincia, con facultades de proposición en el nombramiento o designación de los gobernadores de ellas y en los miembros de las cortes superiores de los distritos judiciales en que a estos fines se dividió la República;

2) El sistema electoral continuó siendo indirecto y censitario;

3) Se mantuvo como en toda la historia constitucional del país la división de poderes, con un sistema presidencialista, pero prohibió la reelección inmediata del presidente de la República;

4) El Poder Legislativo se mantuvo bicameral, igualmente como a través de las varias constituciones que nos han regido, con una Cámara del Senado y una de Representantes, pero la Cámara del Senado está compuesta por 2 senadores por cada provincia, afirmando así la igualdad de cada una de ellas, principio éste que es una de las características normales de los estados federales y que ha sido continuo en nuestra historia, hasta las últimas constituciones que en cierta forma lo atenúan y se separan en algo del mismo;

5) La materia de derechos individuales continúa la tendencia ya expresada en la Constitución de 1811 y resume éstos en la libertad civil, la seguridad individual, la propiedad y la igualdad. Nada dice la Constitución sobre la libertad religiosa y de cultos, quizás por considerarla subsumida dentro de la libertad de expresión o regulada por la Ley de patronato eclesiástico, adoptada por la Gran Colombia en 1824;

6) En materia de nacionalidad afirma como preponderante el sistema del jus soli, por el cual son nacionales los nacidos en el territorio patrio, dando sólo cabida subsidiaria al jus sanguinis, esto es, la atribución de la nacionalidad por la nacionalidad de los padres con independencia del lugar de nacimiento;

7) Consagra en materia territorial el principio de que el territorio de Venezuela es el mismo que correspondía a la capitanía general de Venezuela antes de la transformación política de 1810, conocido con el nombre de uti possidetis juris y que es el que, con variantes de redacción, han consagrado hasta hoy todas las constituciones posteriores de Venezuela;

8) Instituye un órgano que denominó Consejo de Gobierno, constituido por miembros del Parlamento, electos por éste, y los ministros del despacho, con funciones consultivas y electivas ya que en algunos casos elegía a los vicepresidentes de la República.

La constitución vigente establece como régimen político:

Centralismo: es el sistema de organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro, sin tener en cuenta las diferentes culturas o pueblos sobre los que influye.

Federalismo: es una doctrina política que busca que una entidad política u organización esté formada por distintos organismos (Estados, asociaciones, agrupaciones, sindicatos, etc.)

el pluralismo: puede definirse como un sistema de representación de intereses en el que las unidades constitutivas están organizadas en un número no especificado de categorías múltiples, voluntarias, competitivas, no jerárquicamente ordenadas y auto-determinadas, que no están especialmente autorizadas, reconocidas, subsudiadas, cradas o de algún modo controladas por el Estado en la selección de dirigentes o la articulación de sus intereses, y que no ejercen un monopolio de la actividad representativa dentro de sus respectivas catergorías.

Comparación entre Centralismo y Federalismo?
Centralismo es cuando las decisiones se toman a nivel presidencia y todos los estados tienen que acatarla y Federalismo es cuando las decisiones son a nivel regional.

¿por que el congre de 1830 rechazo el centralismo y el federalismo?
el congreso rechazo el centralismo por considerarlo "ruinoso para el pais"; y rechazo tambien el federalismo, porque no obstante ser "el mejor y el complemento del sistema republicano, creian que por la falta de luces y de poblacion, y por algunas otras causas, no debia, por ahora, pensarce en ello"

¿cuales fueron las razones del congreso de 1830 para adoptar la forma mixta centro federal?
optaron, ps por un compromiso entre las dos tendencias y se pronunciaron a favor de un sistema mixto, que " asegurara la necesaria ligazon entre los altos poderes de la nacion y de las provincias", y que diera al pueblo " la posibilidad de proveer a su bienestar cuidando directamente de sus intereses locales".

Comparación entre federalismo y centralismo:

centralismo:
es el sistema de organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro, sin tener en cuenta las diferentes culturas o pueblos sobre los que influye.

federalismo:
El federalismo es una doctrina política que busca que una entidad política u organización esté formada por distintos organismos (Estados, asociaciones, agrupaciones, sindicatos, etc.) que se asocian delegando algunas libertades o poderes propios a otro organismo superior, a quien pertenece la soberanía, (Estado federal o federación) y que conservan una cierta autonomía, ya que algunas competencias les pertenecen exclusivamente.

Entradas relacionadas: