No presencia y ausencia

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No Presencia: persona que no se encuentra en el pais en un momento dado sin que exista excusa legal o duda sobre su existencia

Efectos: la existencia de la exclusion del ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos

nombramiento de un defensor siempre que carezca de quien lo pueda representar

Ausencia: condicion de la persona fisica cuya existencia es incierta debido a ciertos echos señalados en la ley se duda sei la persona vive o no

Relacion Con Otras Instituciones: 1)tanto el incapaz como el ausente se encuentran en la imposibilidad de obrar 2)la usencia produce en parte los efectos de la muerte 3) se semeja al regimen de los incapaces ya que se proteje un interez de quien no puedo hacerlo por si mismo

Fases De La Ausencia Ordinaria: 1)la persona que haya desaparecido de su ultimo domicilio o residencia (no significa esconderse ni quitarse la vida) 2)que no se tenga noticia de la persona

Efectos: no existe apoderado: el juez del ultimo domicilio o residencia a instancia de los interezados o presuntos herederos nombran a una persona que lo represente en un juicio en la formacion del inventario en las liquidaciones y portaciones que tenga el interez del ausente y que se dicten medidas de proteccion para la conservacion del patrimonio



Existe Apoderado el juez solo proveera a los cuales dichos apoderados no tnegan facultades se los dara a este si no hay razones que se le opongan

Cesacion: cuando se prueba su existencia la muerte y sentencia definitivamente se declare la ausencia

Ausencia Declarada: es posible cuando han transcurrido 2 años de ausencia presunta si no deja apoderados para la administracion de los bienes o de 3 años si ha dejado apoderado (421CC)

Procedimiento: verificados los supuestos el juez ordenara a comparecer al ausente emplazandolo para que de aviso de su existencia en el lapso de 3 meses el aplazamiento se hara en la publicacion de un periodico repetidas por 15 dias en el lapso de comparencencia. si transcurrido el lapso no comparece por si mismo o por medio del apoderado ni da aviso el juez denombrara un defensor con quien se seguira el juicio ordinario sobre la declaracion de ausencia y la sentencia aparecera en el periodico

Legitimacion Activa:  presuntos hererderos personas que tengan intereces sobre los bienes del ausente el conyugue debe antepedir un juicio en esta fase para evitar que se disuelva esta comunidad (425 CC)

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