Principio de centralización

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Dº Administrativo: Conjunto de principios y normas jurídicas que regulan el sector publico, desde un punto de vista orgánico y funcional estableciendo los Dº y deberes de la administración del Eº y fijando las reglas de procedimiento de lo contenciosos
Admin. Del Eº: Conjunto de órganos administrativos encargados de satisfacer las necesidades colectivas de manera regular y continua.
1.- PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Aquellos que dicen relación con la estructura misma del Eº y que no se pueden modificar.
Principio del Bien Común: El bien común debe orientar la acción de todos los órganos del Eº.
Principio de Inderogabilidad de los Dº esenciales que emanan de la Naturaleza Humana: El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a estos Dº
Principio de Subsidiariedad: Garantiza la autonomía de los cuerpos intermedios en la consecución de sus propios fines específicos.
Principio de Legalidad: Consiste en que los órganos del Eº deben someter su accionar a la C.P.E y las normas dictadas conforme a ella.
2.- PRINCIPIOS INSTRUMENTALES DE LA Administración DEL Eº
A.- Principios Referentes a la Organización del Eº
1.- Principio de Legalidad Administrativa:
Significa que los órganos de la admin del Eº deben tener su origen directamente en la C.P.E o en la ley.
2.- Principio de la Carrera Funcionaria: estructura a la organización del Eº como cuerpo profesional y técnico impidiendo que ella quede a mercerd de la política contingente.
3.- Principio de la Unidad de la Admin del Eº: La admin del Eº se unifica bajo la figura del presidente de la república.
4.- Principio de la Regionalización Admin: Chile es un Eº unitario y regionalizado.
B.- Principios Relativos al Funcionamiento de la Administración del Eº
1.- Principio de Legalidad Funcional:
Los órganos administrativos del Eº debes estar habilitados dentro de su competencia y en forma que establece la ley.
2.- Principio Proadministrativo: El Eº está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común.
3.- Principio del Debido Procedimiento Administrativo: Fluye del principio al debido proceso consagrado en el art. 19 Nº 3 de la C.P.E.
4.- Principio de la Subsidiariedad Administrativa: El Eº debe respetar la autonomía de los cuerpos intermedios.
5.- Principio Participación Ciudadana: Es desarrollo del principio democrático.
Organización Administrativa
1.- Gobierno y Admin del Eº:
Al PTE de la República le corresponde la admin del Eº, conservar el orden publico en el interior y la seguridad externa de la república.
2.- Centralización, Descentralización y Desconcentración: La regionalización en Chile es un sistema de organización administrativa descentralizada que tiene por objeto permitir el desarrollo económico del país.
3.- Bases Generales de la Admin del Eº: La ley gral de bases consagra una serie de principios aplicables a la admin del Eº conformada por organismos tales como: misterios, intendencias, gobernaciones etc…
Las Intendencias: Constituyen el gobierno de cada regíón su máxima autoridad es el intendente que es un funcionario de exclusiva confianza del PTE de la República.
Funciones: Adquirir, administrar y disponer de los bienes y recursos de la intendencia, disponer y fiscalizar obras que se ejecuten con cargo al presupuesto, aprobar planes reguladores, aplicar tributos a actividades o bienes que tengan clara identificación regional.
Los Gobernadores: En cada regíón existe una gobernación, estará a cargo un individuo nombrado por el presidente de la república.
Funciones: Ejercer de acuerdo a las instrucciones del intendente, la supervigilancia de los servicios públicos existentes en la provincia.
Las Municipalidades: Constituye persona jurídica de Dº publico que se encuentran funcional y territorialmente descentralizado de la administración. Están constituidas por el alcalde que es su máxima autoridad.-

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