Acta Constitutiva y Órganos de una Sociedad Mercantil: Requisitos y Funcionamiento

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Requisitos Esenciales del Acta Constitutiva de una Sociedad

Para la correcta formación de una sociedad, el acta constitutiva debe incluir los siguientes elementos fundamentales:

  1. Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad.
  2. El objeto de la sociedad.
  3. Su razón social o denominación.
  4. Su duración, misma que podrá ser indefinida.
  5. El importe del capital social.
    • Capital Constitutivo: Monto inicial con el que se forma la sociedad.
  6. El domicilio de la sociedad, que puede clasificarse en:
    • Social: Es el lugar abstracto donde se realizan las actividades principales de la sociedad (ej. Ensenada, Baja California).
    • Comercial: Donde la sociedad lleva a cabo sus actos de comercio.
    • Fiscal: Lugar donde se encuentra establecida su administración y se cumplen las obligaciones tributarias.
    • Convencional: Lugar fijado por las partes para el cumplimiento de obligaciones específicas.

Órganos de una Sociedad Mercantil

Toda sociedad cuenta con diferentes órganos que aseguran su funcionamiento y cumplimiento de objetivos:

A) Órgano de Administración

  • Preserva los bienes de la sociedad y busca obtener el máximo rendimiento de los mismos.
  • Rinde cuentas a la asamblea de socios.
  • Puede ser unitario (un administrador único) o colegiado (un consejo de administración compuesto por presidente, secretario, tesorero, etc.).

B) Órgano de Vigilancia

  • Vigila las acciones de los administradores para asegurar que rindan cuentas a la asamblea cuantas veces sea necesario.
  • Ejemplos de figuras de vigilancia según el tipo de sociedad:
    • Interventores: Comandita Simple.
    • Órgano de Vigilancia: Sociedad de Responsabilidad Limitada.
    • Comisario: Sociedad Anónima.

C) Asamblea de Socios

  • Es el órgano supremo de la sociedad, del cual emana la voluntad social.
  • Es un órgano deliberativo, mas no ejecutor (los ejecutores son los administradores o delegados).
  • Se reúnen mediante una convocatoria, que es el llamado de los administradores para reunir a los socios. Los requisitos de una convocatoria incluyen:
    • Lugar, día y hora de la reunión.
    • Firma de quien convoca.
    • Orden del día.
  • Una asamblea sin convocatoria es nula, a menos que sea totalitaria (es decir, que estén presentes todos los socios).
  • El quórum es necesario tanto para integrar la asamblea como para deliberar (la votación puede ser nominal, económica o secreta).
  • Miembros clave de la asamblea:
    • Presidente: Preside la asamblea.
    • Secretario: Elabora las minutas de la reunión.
  • Tipos de asamblea:
    1. Constitutivas: Aquellas que constituyen la sociedad.
    2. Ordinarias: Abordan asuntos comunes y propios de la sociedad, y se celebran al menos una vez al año.
    3. Extraordinarias: Pueden celebrarse en cualquier momento para tratar asuntos urgentes o de gran trascendencia.
    4. Especiales: Concurren un determinado número de socios con una utilidad o cualidad especial.

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