El Acto Administrativo: Características, Elementos y Procedimiento
El Acto Administrativo
Características
Se puede calificar toda actividad o función administrativa como acto administrativo. Sus características son:
- Es un acto jurídico.
- Es de Derecho Público.
- Lo emite la Administración Pública, o algún otro órgano estatal en ejercicio de la función administrativa.
- Persigue de manera directa o indirecta, mediata o inmediata, el interés público.
Elementos
Sujeto y Autoridad del Acto Administrativo
El Sujeto
Es el órgano de la Administración Pública que en ejercicio de la función administrativa, externa de manera unilateral la voluntad estatal produciendo consecuencias jurídicas subjetivas.
La Autoridad
Es toda persona investida de potestad de mando frente a los administrados o internamente dentro de un órgano público.
Manifestación Externa de Voluntad
Es la expresión de una decisión del órgano administrativo, pronunciada en cualquier sentido, que provoca consecuencias de derecho de tipo subjetivo.
Requisitos del Acto Administrativo
Art. 16
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Art. 14
A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Acto Perfecto y Acto Eficaz
El acto perfecto es aquel que reúne todos los elementos y características analizadas en la primera parte de esta unidad; y el acto eficaz es aquel que se realiza, es el que produce los efectos para los cuales fue creado.
Silencio Administrativo
Ausencia de acto cuando debería haberlo, dicho de otro modo ausencia de la manifestación de voluntad.
Silencio Administrativo y Derecho de Petición
El silencio administrativo, según se dijo, es la ausencia de un acto de un ente de la Administración Pública y la consecuencia (Negativa o positiva) que la ley le da. El derecho de petición es una de las llamadas garantías individuales.
Extinción del Acto Administrativo
Mediante medios normales, anormales, revocación administrativa, rescisión, prescripción, caducidad, término y condición y renuncia de derechos.
Revocación Administrativa
La revocación hace cesar los efectos jurídicos de un acto válido, por convenir así a quien lo produjo.
Rescisión, Prescripción y Caducidad
La Rescisión
Es un medio de concluir un negocio jurídico bilateral, por incumplimiento de una de las partes o por alguna causa ajena a la voluntad de estas; la parte que decide la rescisión no incurre en responsabilidad alguna.
La Prescripción
Es un medio de adquirir derechos o liberarse de obligaciones por el transcurso del tiempo, conforme a las modalidades que fije la ley.
La Caducidad
Confundida en ocasiones con la prescripción, la caducidad es la pérdida de un derecho por falta de actividad dentro del lapso que fija la ley para su ejercicio. Así la caducidad opera tanto para la administración como para el gobernado.
Concepto de Procedimiento Administrativo
Es la serie coordinada de medidas tendientes a producir y ejecutar un acto administrativo.
Notificación y sus Efectos
La notificación es una etapa dentro del procedimiento administrativo, mediante la cual se da a conocer al gobernado un acto que le afecta de manera directa.