El acto administrativo: elementos, formalidades y clases

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El acto administrativo

El acto administrativo es la declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o deseo realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria. Otras definiciones lo describen como la actuación de la Administración en aplicación del Derecho Administrativo.

Elementos subjetivos

El acto administrativo debe ser dictado por una Administración Pública y por el órgano correspondiente que tenga la competencia necesaria para ello. Existen tres modalidades de competencia: material, local y temporal.

Elementos objetivos

Se refiere al fin o la causa que determina ese acto administrativo, que es servir con objetividad los intereses generales.

Elementos formales

La administración tiene la obligación de seguir un procedimiento y su actuación debe presentarse por escrito para garantizar la certeza y seguridad necesarias. Los actos finales se estructuran de la siguiente manera:

  • Encabezamiento: indica la autoridad que dicta el acto.
  • Preámbulo: indica los documentos y actos previos.
  • Legislación aplicada y consulta al consejo de estado.
  • Motivación: explicación del porqué de ese acto junto con la resolución del mismo.
  • Lugar, fecha y firma, y los recursos que se pueden interponer.

Clases de actos administrativos

Por sus efectos, se diferencian entre actos favorables y de gravamen. Los primeros benefician al interesado pero pueden perjudicar a un tercero, mientras que los segundos producen efectos mixtos en el interesado.

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