Acto que Causa Estado, Órganos Administrativos y Potestades Discrecionales: Conceptos Clave
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 2,97 KB
Conceptos Fundamentales del Derecho Administrativo
1. ¿Qué Quiere Decir que un Acto Causa Estado?
Un acto que causa estado es aquel que es firme y agota la vía administrativa, por lo que solo podría ser recurrible en jurisdicción contencioso-administrativa.
2. ¿Dice Algo el Art. 103 CE Acerca de los Órganos de la Administración?
Sí, el art. 103, concretamente en su punto 2, nos habla de los órganos de la administración que son creados, regidos y coordinados de acuerdo a la ley.
3. ¿En Qué Consiste la Encomienda de Gestión?
Es cuando el titular de una competencia encarga la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios cuando no tenga los medios para hacerlo o por razones de eficacia. No supone cesión de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, ya que el titular de la competencia es responsable de dictar cuantos actos o resoluciones sean necesarios para la realización de la actividad.
4. ¿Ante Quién Se Interpone el Recurso de Alzada?
Puede interponerse, según el art. 121.2 de la ley 39/2015, ante:
- El mismo órgano que dictó el acto.
- El órgano superior llamado a resolver.
5. ¿Qué Es la Multa Coercitiva?
La multa coercitiva es un medio de ejecución forzosa que consiste en la imposición de sucesivas multas, reiteradas en lapsos de tiempo, con el fin de vencer la resistencia del obligado a cumplir el mandato cuya ejecución se persigue. Entraña, en definitiva, una carga económica que se impone al obligado para forzarle a cumplir lo ordenado en una decisión administrativa previa.
6. Diferencia Entre Desistimiento y Renuncia Como Modos de Terminación de un Procedimiento
Son dos formas de terminación del procedimiento distintas con consecuencias distintas:
Desistimiento: El interesado declara su voluntad de poner fin al procedimiento que ha iniciado, pero sin afectar al derecho o interés que trata de hacer valer; por tanto, podrá volver a plantear la misma pretensión con posterioridad en una nueva solicitud.
Renuncia: El interesado declara su voluntad de que se extinga el derecho esgrimido en ese procedimiento, lo que conlleva su finalización como consecuencia de la desaparición de su objeto.
7. ¿En Qué Consisten las Llamadas Potestades Discrecionales?
Son discrecionales cuando la norma deja bastante margen a la Administración en la elección de la consecuencia jurídica a aplicar al caso concreto, o incluso para decidir si actúa o no. El papel de la Administración es más creativo en la medida en que puede elegir entre varias consecuencias jurídicas.
8. ¿Qué Son las Relaciones de Especial Sujeción?
Cuando hablamos de relación de especial sujeción, nos referimos a aquellas relaciones en las que el ciudadano está integrado o vinculado a la estructura administrativa de una manera más o menos intensa y estable.