Acto Jurídico: Definición, Clasificación y Elementos Esenciales
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Acto Jurídico
Definición
1) V: Un hecho jurídico es todo suceso de la naturaleza o del hombre que produce efectos jurídicos. Estos efectos pueden ser la adquisición, la modificación o la extinción de un derecho subjetivo.
2) F: Los actos jurídicos son hechos del hombre que producen efectos jurídicos, independiente de la voluntad de su autor. (R: Los actos jurídicos son hechos del hombre)
3) F: En la naturaleza existen hechos que producen efectos jurídicos, como la muerte. (R: Sí existen hechos como la muerte)
4) V: En el caso de los cuasi contratos, la ley, con el fin de prevenir enriquecimientos injustos, hace producir consecuencias jurídicas no previstas por el autor.
5) V: Lo que caracteriza al acto jurídico es el elemento voluntad o consentimiento, que es y va a ser necesario para la generación del acto, como para la determinación y regulación de sus efectos.
6) F: El acto jurídico puede crear, modificar, extinguir, transferir o transmitir derechos y obligaciones, como en el contrato. (R: El acto jurídico pretende crear, modificar, extinguir, transferir)
7) F: El Código Civil chileno contiene un conjunto de normas ordenadas y sistematizadas que regulan, entre otras materias, el acto jurídico.
8) V: En la teoría del acto jurídico, los elementos de la esencia corresponden a los elementos de existencia del mismo, y a aquellos que le dan al acto su fisonomía propia, como el precio en la compraventa.
9) F: Los elementos accidentales del acto jurídico son agregados por medio de cláusulas especiales, como el plazo o la condición. (R: Los nombrados son los elementos accidentales)
10) F: La obligación de saneamiento en la compraventa es un elemento de la naturaleza del acto jurídico. (R: Este es un elemento de la naturaleza)
Clasificación de los Actos Jurídicos
1) E: Ninguna
2) Respecto a los actos jurídicos unilaterales y bilaterales: B: Atienden al número de voluntades para que el acto nazca.
3) Son verdaderas todas: D
4) Respecto a los actos gratuitos y onerosos: E: I y III
5) Actos jurídicos principales y accesorios: C: La clasificación de los actos en principales y accesorios solo tiene importancia para determinar la extinción de unos y otros, de acuerdo con el aforismo que dice que lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
6) Respecto a los actos solemnes y no solemnes, son verdaderas: A: Todas
7) Respecto a las formalidades: C: Formalidades por vía de publicidad son aquellas solemnidades que tienen por objeto la divulgación de la celebración del acto jurídico, es decir, con el fin de que sea oponible a terceros.
8) Actos jurídicos puros y simples y sujetos a modalidad: E: Todas