Actos de Interposición y Disposición de la Pretensión Penal: Calificación y Acusación

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Lección 12: Los Actos de Interposición y Disposición de la Pretensión Penal

1. Los Actos de Interposición de la Pretensión Penal

A. Los actos de deducción de la pretensión penal

La formalización de la pretensión en el proceso penal, a diferencia del civil, sigue un orden escalonado:

  • Se ejercita la acción en el escrito de iniciación del proceso penal (denuncia, querella e iniciación de oficio).
  • A lo largo de toda la fase instructora, a través de la introducción de los hechos a la misma, se prepara la fundamentación de la pretensión.
  • Las partes, una vez conclusa la instrucción y abierto el juicio oral, formalizan sus respectivas pretensiones o se oponen a ellas.

Estos actos reciben la denominación de:

  • Escritos de calificación provisional (proceso común).
  • Escritos de acusación (proceso abreviado).

En ellos, se introduce la pretensión con todos sus elementos esenciales y formales. Tal formalización no es definitiva; se les autoriza a modificarla en los escritos de conclusiones definitivas.

2. Los Escritos de Acusación o de Calificación Provisional

A. Fundamento

Una vez conclusa la instrucción y dentro de la fase intermedia, las partes tienen 5 días (contados desde el de la entrega del sumario o las diligencias previas a las partes) para que redacten y presenten sus respectivos escritos de calificación provisional o de acusación.

  • El fundamento de estos escritos está en el principio acusatorio: que la pretensión penal sea planteada y mantenida por un sujeto distinto al órgano jurisdiccional, pues en cualquier otro caso, nos encontraríamos ante un proceso inquisitivo.
  • Para que se pueda garantizar el derecho de defensa es necesario que el acusado la pueda eficazmente contestar, para lo cual:
    • La acusación debe preceder siempre a la defensa (nunca al revés).
    • Que se le notifique dicha acusación al imputado, concediéndole un tiempo prudencial para la preparación de su defensa.

B. Concepto, elementos y clases

Concepto:

Son actos de postulación de las partes, mediante los que:

  • Se deduce:
    • La pretensión punitiva y, en su caso, resarcitoria (parte acusatoria).
    • La oposición a ella (en el caso de la defensa).
  • Se califican los hechos.
  • Se determina el tema de la prueba.
  • Se delimita el objeto del proceso sobre el que ha de recaer la actividad decisoria del Tribunal.

Sus notas esenciales son:

  • Son actos de postulación que asisten a todas las partes:
    • Ministerio Fiscal y querellantes, de un lado.
    • Defensa, del otro.
  • La pretensión civil la deduce:
    • El actor civil, de un lado.
    • El responsable civil o tercero, de otro.
  • El contenido esencial de los escritos de calificación consiste en la deducción de la pretensión penal y, en su caso, de la civil.
  • El objeto procesal penal, el cual consiste en una petición de pena, basada en un título de condena y fundamentada en la presunta comisión de un hecho punible de carácter histórico por una persona que previamente ha de haber sido imputada.

Dentro del objeto procesal penal cabe destacar los siguientes elementos:

  • a. Elementos subjetivos.
    • Previa determinación, identificación y presencia física del acusado (salvo juicio de faltas y proceso abreviado).
    • Previa imputación del acusado en la fase instructora.
      • Mediante dicha función se impiden las acusaciones sorpresivas, se previenen eventuales errores en la determinación de la legitimación pasiva y se confiere al imputado la posibilidad de ejercicio de su derecho de defensa en la fase instructora.

Sin embargo, en el proceso abreviado, en el que se suprimió el auto de procesamiento, la Ley permitía la derogación de dicho principio. Según doctrina del Tribunal Constitucional, es necesario que, al menos con anterioridad a la conclusión de la instrucción, se deba, a través de la citación para ser oído, recibir declaración al imputado e ilustrarle del ejercicio de su derecho de defensa.

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