Administración General del Estado y Autonómica
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1. La Administración Central
Es el conjunto de instituciones que tiene como característica principal la competencia sobre todo el territorio nacional.
Funciones de cada institución:
- Jefatura de Estado: El Rey es el encargado de representar a España y de arbitrar el resto de instituciones. No tiene poder político.
- Poder Legislativo: Lo sustentan las Cortes Generales, formadas por la Cámara Alta (Senado) y la Cámara Baja (Congreso de los Diputados). Las Cortes Generales tienen como apoyo al Defensor del Pueblo, cuya función principal es garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los ciudadanos, y el Tribunal de Cuentas, que controla las finanzas, contabilidad y auditorías del Estado.
- Poder Ejecutivo: Está constituido por el Gobierno y la Administración General del Estado.
- Poder Judicial: Formado por tres tipos de organizaciones que garantizan el cumplimiento de la ley: el Consejo General del Poder Judicial, que ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial para garantizar la independencia de los jueces; los juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional; y los órganos administrativos que sostienen la administración de Justicia.
- Ministerio Fiscal: Organización del Poder Judicial con independencia funcional que promueve la acción de la justicia y protege el interés social ante los tribunales.
- Tribunal Constitucional: Órgano encargado de garantizar la separación de poderes y el cumplimiento de la Constitución por parte de todas las instituciones públicas.
- Órganos consultivos: El Consejo de Estado, que asesora en términos políticos y jurídicos al Gobierno, y el Consejo Económico y Social, en contacto con trabajadores, empresarios y colectivos sociales para valorar la problemática económica y asesorar al Gobierno.
1.2 Estructura de la Administración General del Estado
Ministerios:
No son departamentos fijos. El presidente del Gobierno decide su estructura y elige a sus ministros.
Funciones de un ministro:
- Desarrollar los objetivos propuestos por el Gobierno para su área.
- Representar a la nación internacionalmente en las materias correspondientes.
- Llevar a cabo las políticas permitidas para solventar conflictos o reformar la materia de su ministerio.
- Refrendar los actos del Rey en su materia.
2.1 Estructura de la Administración Autonómica
- Asamblea Legislativa: Institución que sustenta el poder legislativo de las comunidades autónomas, es decir, la capacidad de elaborar sus propias leyes, siempre que no contradigan una ley estatal o de rango superior.
- Consejo de Gobierno: Formado por el presidente o presidenta de la comunidad autónoma y sus consejeros. Sustenta la potestad ejecutiva, además de poseer otras funciones ejecutivas y administrativas, interponer recursos contra leyes estatales y denunciar.