Administración Local Española: Estructura y Funciones
Organización Territorial de España
Municipios
El municipio es la entidad local básica del Estado, con personalidad jurídica propia, para el cumplimiento de sus fines. Se compone de:
- Término municipal: Territorio en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias.
- Población: Formada por las personas inscritas en el padrón municipal.
- Organización: El Ayuntamiento, formado por el alcalde y los concejales, dirige el Gobierno y la Administración municipal.
Derechos de los ciudadanos:
- Ser elector y elegible.
- Participar en la gestión municipal.
- Acceder a los servicios públicos municipales.
Deberes de los ciudadanos:
- Cumplir con las prestaciones económicas y personales para el ejercicio de las competencias municipales.
Organización Municipal
Órganos comunes:
- Alcalde: Preside, dirige y representa al Ayuntamiento.
- Tenientes de alcalde: Sustituyen al alcalde en caso de ausencia o enfermedad.
- Concejales: Elegidos por los vecinos en las elecciones locales.
- Pleno: Formado por los concejales y presidido por el alcalde. Sus funciones incluyen el control del Gobierno, la aprobación de ordenanzas, la aprobación y modificación de presupuestos, y la votación de la moción de censura del alcalde.
- Comisión especial de cuentas: Informa de las cuentas que debe aprobar el Pleno.
Órganos especiales:
- Junta de Gobierno local: En municipios con más de 5.000 habitantes, formada por concejales y presidida por el alcalde.
- Comisiones especiales de reclamaciones: Facilitan la participación ciudadana en la gestión de los servicios municipales.
Competencias Municipales
Existen competencias comunes a todos los municipios, y otras que varían según su población (más de 5.000, 20.000 y 50.000 habitantes).
Concejo Abierto
Régimen municipal especial para municipios con menos de 100 habitantes, basado en un régimen tradicional. El gobierno está a cargo del alcalde y la asamblea vecinal, ajustándose a los usos y costumbres, dentro del marco de las leyes estatales y autonómicas.
Provincias
La provincia es una entidad local formada por varios municipios, con personalidad jurídica propia, para el cumplimiento de sus fines. El gobierno y la administración de la provincia corresponden a la Diputación Provincial.
Organización Provincial
- Presidente
- Vicepresidente
- Pleno
- Junta de Gobierno provincial
Competencias Provinciales
- Coordinación de servicios municipales.
- Asistencia jurídica y económica a los municipios.
- Prestación de servicios supramunicipales.
- Fomento de los intereses provinciales.
Otras Entidades Locales
Entidades supramunicipales:
- Comarcas: Formadas por varias poblaciones con intereses comunes.
- Áreas metropolitanas: Aglomeraciones urbanas con un vínculo económico y social.
- Mancomunidades: Agrupaciones de municipios para la gestión de obras o servicios de competencia municipal.
Entidades inframunicipales:
- Caseríos
- Aldeas