Administración y Regulación del Espectro Radioeléctrico en España: Titularidad, Gestión y Uso
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Administración del Espectro Radioeléctrico
El espectro radioeléctrico es un bien de dominio público. El Estado se reserva su titularidad y administración, incluyendo los recursos órbita-espectro de soberanía española.
Principios de la Administración del Espectro Radioeléctrico
La administración del espectro radioeléctrico requiere:
- Cooperación internacional.
- Seguir los principios de uso eficaz y eficiente.
- Fomentar la neutralidad tecnológica y de los servicios.
- Fomentar el mercado secundario del espectro.
- Fomentar la competencia.
Actividades Relacionadas con la Administración del Espectro
Las actividades relacionadas con la administración del espectro incluyen:
- Planificación.
- Gestión.
- Control.
- Aplicación de sanciones.
Regulación por Real Decreto
La administración del espectro radioeléctrico se regula, entre otros, a través de los siguientes instrumentos, aprobados por Real Decreto:
- CNAF (Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias).
- Planes técnicos nacionales de radiodifusión y televisión.
- Procedimiento de determinación, control e inspección de niveles radioeléctricos.
- Procedimientos abiertos para otorgar títulos habilitantes para el uso del espectro.
- Los procesos de reasignación de usos de bandas de frecuencias (refarming).
Títulos Habilitantes para el Uso del Espectro Radioeléctrico
Usos del Espectro
- Común: No requiere título habilitante.
- Especial: Se usa en bandas de explotación compartida, sin limitación de operadores.
- Privativo: Explotación en exclusiva o por número limitado de usuarios.
Tipos de Títulos Habilitantes
- Autorización general.
- Autorización individual: Para radioaficionados o sin contenido económico, autoprestación de servicio.
- Afectación: Autoprestación de servicio por administraciones públicas.
- Concesión administrativa: Solo para operadores.
Licitaciones
Se podrá limitar el número de concesiones demaniales. Cuando esto ocurra, los títulos habilitantes se otorgarán mediante licitación.
Plazos
- Si no hay limitación de número de concesiones: 5 años prorrogables por periodos de 5 años.
- Si hay limitación de número: La especificada en la licitación, con un máximo de 20 años.
Protección Activa del Dominio Público
Se realiza mediante la emisión sin contenidos sustantivos.
Neutralidad Tecnológica y de Servicios
Se fomenta la neutralidad tecnológica y de servicios en el uso del espectro.
Mercado Secundario
Los títulos habilitantes podrán ser transferidos y los derechos de uso cedidos bajo ciertas condiciones.
CNAF (Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias)
El CNAF es un cuadro que especifica para las diferentes bandas:
- La atribución a servicios que hace la UIT en el RR (Reglamento de Radiocomunicaciones).
- La atribución nacional (eliminando la compartición de bandas por distintos servicios).
- Usos permitidos:
- C: Común.
- E: Especial.
- P: Privativo.
- R: Reservado al Estado.
- M: Mixto (P y R).
- Observaciones:
- Notas de uso nacional.
- Notas del artículo 5 del RR.
- Notas CEPT y CE.
- Servidumbres radioeléctricas.