Administración Territorial en España: Delegados, Subdelegados y Directores Insulares
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Administración Territorial
Delegados del Gobierno
Órgano Administrativo
El Delegado del Gobierno es un alto cargo nombrado a discreción del Gobierno. Responde ante el Ministerio de Administraciones Públicas y se encarga de la dirección de la Administración del Estado en el territorio de una determinada Comunidad Autónoma. Dirige los servicios territoriales integrados y nombra al Subdelegado del Gobierno.
Subdelegados del Gobierno
En cada provincia existirá un Subdelegado del Gobierno, con nivel orgánico de Subdirector General. En las Comunidades Autónomas uniprovinciales, sus competencias son asumidas por el Delegado del Gobierno. El titular deberá tener cierto grado de competencia y experiencia profesional. El Subdelegado del Gobierno depende directamente del Delegado del Gobierno.
Directores Insulares
En las islas de Menorca, Ibiza, Formentera, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma (estas cuatro primeras incluyendo sus islas agregadas administrativamente), El Hierro y La Gomera, existirá un Director Insular de la Administración General del Estado. Dependerá jerárquicamente del Delegado del Gobierno o del Subdelegado, cuando este cargo exista.
Organismos Públicos
Organismos Autónomos
Los Organismos autónomos son Organismos públicos regidos por el Derecho Administrativo, dedicados a la realización de actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos. Ejemplos de estos organismos son el Instituto Nacional de Estadística y Parques Nacionales.
Comunidades Autónomas
Elección
El sistema de elección de los miembros es por sufragio universal, siguiendo el mismo régimen de incompatibilidad e inelegibilidad que las Cortes Generales.
Funciones
Las comunidades autónomas gozan de potestad legislativa, la cual reside en su asamblea.
Poder Ejecutivo
El Presidente
Nombramiento
Una vez celebradas las elecciones y constituida la asamblea legislativa, su presidente propone a uno o varios candidatos, según las distintas comunidades. Estos candidatos se someten a votación, resultando elegido el que sea apoyado por mayoría absoluta en primera votación y, si ninguno la obtuviese, en segunda por mayoría simple.