Administración territorial y sus órganos: Delegados del gobierno, subdelegados y directores insulares
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Son los órganos de la Administración territorial de la Administración del Estado.
- Delegados del gobierno: son los representantes del gobierno en las comunidades autónomas (aunque ellas tengan su propio gobierno y su propio presidente). Existe uno por comunidad autónoma. Ejercen la dirección y supervisión de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus organismos públicos situados en su territorio.
- Subdelegados del gobierno: dependen directamente de los anteriores y hay uno en cada comunidad autónoma. Tienen competencias relativas a la protección de las libertades públicas y seguridad ciudadana entre otras.
- Directores insulares: figura equivalente al subdelegado del gobierno en su ámbito territorial (determinadas islas del archipiélago balear y canario).