Agentes socializadores, persona y estado civil: conceptos clave en ciencias sociales y derecho
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AGENTES SOCIALIZANTES
Grupo e instituciones con los que interactuamos a lo largo de nuestra vida. Nos transmiten las pautas de comportamiento y los valores de la sociedad.
Familia
Dos perspectivas:
- Jurídica: conjunto de personas de un mismo parentesco unidas por matrimonio o vínculo sanguíneo.
- Sociológica: conjunto de personas relacionadas que comparten un mismo techo.
Estado
Agrupación humana que se desarrolla dentro de ciertos límites, sometida a un poder político. Forma de organización humana cuyo fin es la construcción, conservación de la comunidad y su mantenimiento.
Grupo de pares
Grupo de individuos que comparten la misma edad, gustos, actividades o el mismo lugar de residencia.
Medios de comunicación masivos
Nueva forma de comunicación: llega a muchas personas anónimas y a distintos países y regiones del mundo.
Centros educativos
Encargados de completar la educación proporcionada por la familia; actúan como mediadores entre la cultura personal, académica, social e institucional.
Grupos sociales
Compuestos por dos o más personas que interactúan.
- Primarios: grupos pequeños; los miembros comparten relaciones cara a cara y duraderas, ligadas por sentimientos.
- Secundarios: grupos grandes e impersonales; los miembros persiguen un interés específico, presentan lazos emocionales débiles y escaso conocimiento mutuo.
SER HUMANO Y SUJETO DE DERECHO
Ser humano
Unidad: todos somos distintos, únicos e irrepetibles.
Dimensiones:
- Biológica: nacemos con determinadas características físicas.
- Psicológica: personalidad.
- Social: no podemos vivir aislados.
Todas las dimensiones están interrelacionadas.
Sujeto de derecho
Definición: creado por y para el ser humano: la persona como sujeto de derecho.
Humano: único e individual; con voluntad y autonomía desde el punto de vista del derecho.
Persona: concepto más amplio que el de ser humano; todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.
Persona jurídica: asociación de personas físicas con un fin determinado.
INCAPACES
Incapaces absolutos
- Menores impúberes: varones menores de 14 años y mujeres menores de 12 años.
- Dementes.
- Interdictos.
- Sordomudos que no puedan comprender por escrito ni por lenguaje de señas.
Incapaces relativos
- Menores púberes: varones entre 14 y 18 años; mujeres entre 12 y 18 años.
REPRESENTANTES LEGALES
- Padres en ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos menores.
- Tutores.
- Cuidadores para los incapaces mayores de edad.
ESTADO CIVIL
Definición: es la realidad de un individuo en cuanto lo habilita para ejercer ciertos derechos o contraer obligaciones.
Es la posición que ocupa una persona en la familia y en la sociedad, de la cual se desprenden derechos y obligaciones.