Agentes socializadores, persona y estado civil: conceptos clave en ciencias sociales y derecho

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AGENTES SOCIALIZANTES

Grupo e instituciones con los que interactuamos a lo largo de nuestra vida. Nos transmiten las pautas de comportamiento y los valores de la sociedad.

Familia

Dos perspectivas:

  • Jurídica: conjunto de personas de un mismo parentesco unidas por matrimonio o vínculo sanguíneo.
  • Sociológica: conjunto de personas relacionadas que comparten un mismo techo.

Estado

Agrupación humana que se desarrolla dentro de ciertos límites, sometida a un poder político. Forma de organización humana cuyo fin es la construcción, conservación de la comunidad y su mantenimiento.

Grupo de pares

Grupo de individuos que comparten la misma edad, gustos, actividades o el mismo lugar de residencia.

Medios de comunicación masivos

Nueva forma de comunicación: llega a muchas personas anónimas y a distintos países y regiones del mundo.

Centros educativos

Encargados de completar la educación proporcionada por la familia; actúan como mediadores entre la cultura personal, académica, social e institucional.

Grupos sociales

Compuestos por dos o más personas que interactúan.

  • Primarios: grupos pequeños; los miembros comparten relaciones cara a cara y duraderas, ligadas por sentimientos.
  • Secundarios: grupos grandes e impersonales; los miembros persiguen un interés específico, presentan lazos emocionales débiles y escaso conocimiento mutuo.

SER HUMANO Y SUJETO DE DERECHO

Ser humano

Unidad: todos somos distintos, únicos e irrepetibles.

Dimensiones:

  • Biológica: nacemos con determinadas características físicas.
  • Psicológica: personalidad.
  • Social: no podemos vivir aislados.

Todas las dimensiones están interrelacionadas.

Sujeto de derecho

Definición: creado por y para el ser humano: la persona como sujeto de derecho.

Humano: único e individual; con voluntad y autonomía desde el punto de vista del derecho.

Persona: concepto más amplio que el de ser humano; todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.

Persona jurídica: asociación de personas físicas con un fin determinado.

INCAPACES

Incapaces absolutos

  • Menores impúberes: varones menores de 14 años y mujeres menores de 12 años.
  • Dementes.
  • Interdictos.
  • Sordomudos que no puedan comprender por escrito ni por lenguaje de señas.

Incapaces relativos

  • Menores púberes: varones entre 14 y 18 años; mujeres entre 12 y 18 años.

REPRESENTANTES LEGALES

  • Padres en ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos menores.
  • Tutores.
  • Cuidadores para los incapaces mayores de edad.

ESTADO CIVIL

Definición: es la realidad de un individuo en cuanto lo habilita para ejercer ciertos derechos o contraer obligaciones.

Es la posición que ocupa una persona en la familia y en la sociedad, de la cual se desprenden derechos y obligaciones.

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