Análisis de la Constitución Española de 1845: El Liberalismo Moderado en Acción

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Contexto Histórico

Durante el reinado de Isabel II, España experimentó la transición de una monarquía absoluta a un estado burgués-parlamentario, y de un sistema económico y social del Antiguo Régimen a un sistema capitalista moderno. Estos cambios, impulsados por la necesidad de la Corona de aliarse con los liberales para defender los derechos dinásticos de la reina frente a los carlistas, dieron lugar a la Constitución de 1845. Tras el pronunciamiento del General Narváez en 1844, se reformó la Constitución de 1837, culminando en la promulgación del nuevo texto constitucional con la mayoría de edad de Isabel II.

Características de la Constitución de 1845

La Constitución de 1845, fuente histórica primaria de contenido político-jurídico, representa el paradigma del liberalismo moderado y conservador español. Este texto defiende el orden social y el centralismo. Si bien su autoría corresponde a las Cortes, estas vieron mermada su representatividad debido a la existencia de un Senado de elección real y a los requisitos económicos para ser diputado. Además, las amplias atribuciones otorgadas al monarca limitaron la división de poderes, reforzando el poder de la oligarquía terrateniente.

Soberanía y Régimen Político

La Constitución establece un régimen basado en los principios del liberalismo doctrinario o moderado. La soberanía es compartida entre la Nación y la Corona, otorgando amplios poderes al monarca. La participación política se restringe a la oligarquía económica, aliada con la monarquía, a través de un sufragio censitario muy limitado y requisitos para ser diputado. La elección de alcaldes, cruciales para la elaboración de las listas del censo, también se ve limitada. Además, se establece la confesionalidad del Estado y la obligación de mantener al clero católico.

Vigencia y Legado

La Constitución de 1845 estuvo vigente durante la mayor parte de la mayoría de edad de Isabel II, exceptuando el Bienio Progresista (1854-1856). Tras el destronamiento de la reina, fue reemplazada por la Constitución democrática de 1869. Sin embargo, muchos de sus elementos reaparecieron en la Constitución de 1876, concebida como una reforma de la de 1845, y en los problemas del sistema representativo de la Restauración, que repitió el modelo censitario y caciquil presente en la Constitución de 1845.

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