Análisis de la Constitución Española de 1978
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 4,51 KB
1. Clasificación del texto
a. Tipología
- Por el origen del texto: fuente primaria (texto de la época).
- Por el contenido del texto: jurídico (Constitución de 1978).
b. Localización
- Época: Madrid, 6 de diciembre de 1978.
- Autor: Cortes Generales, con mayoría simple de UCD.
- Destinatario: La Nación española.
2. Análisis del texto
a. Ideas principales y secundarias
— Título Preliminar:
- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho.
- La soberanía reside en la Nación, de la que emanan los poderes del Estado.
- La forma política del Estado es la Monarquía parlamentaria.
— Título I: De los derechos fundamentales
- Estado aconfesional (no habrá confesión estatal, pero se tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrá las relaciones de cooperación con la Iglesia católica).
- (De los principios rectores de la política económica y social). Derecho a un medio ambiente adecuado y a conservarlo.
— Título II: De la Corona
- El Rey es el jefe del Estado (símbolo de la unidad, modera y arbitra las instituciones, representación internacional del Estado y funciones simbólicas).
— Título VI: Del poder judicial
- Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Justicia mediante el jurado.
— Título VIII: De la organización territorial del Estado
- El Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas.
- Dentro del marco constitucional, los Estatutos son la norma básica de la Comunidad Autónoma.
b. Aclaración de términos
— Estado social y democrático de Derecho
Esta definición del Estado es de influencia alemana y hace referencia al trayecto seguido por el Estado en los dos últimos siglos:
- Estado de Derecho. Hace referencia al Estado liberal basado en la garantía de los derechos fundamentales y la división de poderes.
- Estado democrático. Hace referencia al proceso de democratización de los poderes mediante el sufragio universal.
- Estado social. Hace referencia a la intervención del Estado en el proceso económico para detraer recursos para financiar su acción social, es decir, que garantice un nivel de vida mínimo para los grupos más desfavorecidos (pensión de jubilación, seguro de paro, sanidad, educación...).
— Estatutos de autonomía
Se concede autonomía política de las regiones mediante los estatutos de autonomía aprobados por mayoría absoluta del censo regional y de las Cortes Generales.
- Los estatutos contienen la denominación de la región, el territorio, las instituciones y las competencias constitucionales, teniendo que ser aprobados por las Cortes Generales.
- El Gobierno puede transferirle competencias estatales con capacidad normativa y financiera (art. 150).
- Limitaciones:
- Indisoluble unidad de la Nación española.
- Los mismos derechos y obligaciones de todos los españoles.
- La unidad de mercado de España.
- El principio de solidaridad entre españoles.
- No pueden federarse las comunidades autónomas.
- Mecanismos de corrección:
- El Gobierno, con la aprobación de las Cortes Generales, puede legislar los principios para armonizar las normas y las finanzas autonómicas (art 150. 3 y 157. 3).
- El Gobierno, con la aprobación del Senado, puede adoptar las medidas necesarias para que las comunidades autónomas cumplan la Constitución y las leyes nacionales y no atenten contra el interés general de España (art. 155).
3. Contexto histórico
El límite temático-cronológico: La Constitución de 1978.
- Elaboración de la Constitución.
- Características de la Constitución.
4. Conclusiones
a. Interés histórico
Es la segunda constitución española que más tiempo ha estado vigente (después de la Constitución de 1876) y que ha permitido un prolongado periodo de libertades y crecimiento económico.
b. Objetividad
Constitución elaborada desde el consenso que articuló el partido mayoritario en la Cortes Constituyentes, la Unión de Centro Democrático de Adolfo Suárez.