Análisis del Derecho de Sucesión en el Código de las Siete Partidas

Clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 2,68 KB

1. Contexto del Fragmento

El texto analizado es un fragmento del Código de las Siete Partidas, una fuente jurídica fundamental para el estudio del Derecho medieval castellano. Se trata de una fuente inmediata, de ámbito territorial, cuya primera redacción se estima que tuvo lugar a mediados del siglo XIII.

2. Las Siete Partidas y su Importancia

Las Siete Partidas fueron promulgadas por Alfonso X el Sabio junto con el Ordenamiento de Alcalá. Aunque inicialmente se concibieron como derecho supletorio, su relevancia fue mayor de lo esperado debido a la incompletitud de los fueros locales. Se estima que hubo varias redacciones del Código: una a mediados del siglo XIII, otra hacia 1265, una tercera a finales del siglo XIII y una última modificación en el siglo XIV. La finalidad de Alfonso X era introducir el derecho común en Castilla, objetivo que logró con este texto.

3. El Derecho de Sucesión en el Fragmento

El fragmento que nos ocupa describe el derecho de sucesión en los señoríos, estableciendo la herencia por línea directa. Se plantean tres supuestos:

  • Si no hay hijo varón, la primera hija será la heredera.
  • Si el hijo mayor fallece antes de heredar, pero tiene hijos, serán estos (hijo o hija) quienes hereden.
  • Si todos los hijos varones fallecen, heredará el pariente varón más cercano que no esté inhabilitado para el cargo.

4. Evolución del Derecho de Sucesión Femenina

El texto evidencia que las mujeres podían heredar señoríos. Sin embargo, este derecho no se mantuvo indefinidamente. Durante el reinado de Felipe V, la Ley de Sucesión Fundamental de 1713 abolió el derecho de las mujeres a reinar. Posteriormente, Fernando VII, a través de la Pragmática Sanción, restauró este derecho para que su hija Isabel II pudiera heredar el trono en lugar de Carlos María Isidro, defensor del absolutismo, mientras que Fernando VII se inclinaba hacia el liberalismo.

La Constitución española de 1978 reconoce la igualdad de derechos sucesorios entre hombres y mujeres, manteniendo el principio establecido en las Siete Partidas.

5. El Debate Actual

En la actualidad, el debate sobre la sucesión femenina ha resurgido debido a la ausencia de hijos varones en los reyes de España, Felipe VI y doña Letizia. Sectores más tradicionales aún se resisten a reconocer a una mujer como reina de España.

Entradas relacionadas: