Análisis Detallado de la Constitución Española de 1876

Clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 2,61 KB

Constitución de 1876: Características y Contexto Histórico

La Constitución de 1876 se crea en el periodo de la Restauración Borbónica: en 1874 se produce el golpe de Estado de Martínez Campos en Sagunto, donde se declara a Alfonso XII como rey de España. El rey se apoya en Cánovas del Castillo.

En el proceso constituyente se fortaleció el poder civil frente al militar y Cánovas quiso crear un sistema político basado en el bipartidismo (dos únicos partidos en el poder: con Cánovas y Sagasta como líderes) y el turnismo (alternancia pacífica de estos dos partidos). Para que este sistema político funcionase, se recurrió al caciquismo y al fraude electoral (sistemas de manipulación electoral llamados el encasillado y el pucherazo). La Constitución de 1876 es un texto breve y flexible y sus principales características son:

  • Régimen: monarquía parlamentaria (se toma como ejemplo a Inglaterra).
  • Soberanía: compartida entre el Rey y las Cortes.
  • Derechos: se reconocen todos los derechos y libertades individuales fundamentales pero son regulados por leyes posteriores.
  • División de poderes: no es explícita:

Poderes del Estado

  • Legislativo: Cortes bicamerales (Congreso y Senado) y el Rey. Los miembros del Congreso son elegidos por sufragio censitario restringido según la Ley Electoral de 1878, y por sufragio universal masculino según la Ley de 1890. Los senadores pueden ser de derecho propio, vitalicios nombrados por la Corona o elegidos por las corporaciones del Estado.
  • Ejecutivo: el Gobierno es controlado por el Rey, persona sagrada e inviolable con poder para sancionar, promulgar y ejecutar las leyes. Además, el Rey tiene el mando militar supremo del Estado.
  • Judicial: los Tribunales y Juzgados administran justicia en nombre del Rey. Se crea un solo código para todos los españoles.
  • Territorio: la organización territorial depende de las Diputaciones y los Ayuntamientos, ambos controlados por el Rey y las Cortes.
  • Religión: la católica es la oficial. Son permitidas otras religiones en privado, no en público.
  • Sufragio: censitario hasta 1890, que pasa a ser universal masculino. Está controlado por caciques y vota entre el 5% y el 27% de la población.
  • Vigencia: 1876-1923.

Entradas relacionadas: