Análisis del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
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Actualmente 171 países son Estados Parte del Pacto, 4 lo han firmado pero no ratificado y 22 están al margen.
Objetivo del Tratado
El objetivo principal del tratado es garantizar la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el pacto.
Entendemos como tratado un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular. Los tratados constan de varias partes:
- En primer lugar, el elemento formal: el acuerdo que consta por escrito, recoge la intención de las partes de crear obligaciones jurídicas y la libertad de forma del tratado.
- La siguiente parte son los sujetos: en este caso los Estados que lo forman y la organización internacional, la Asamblea.
- Por último, el elemento normativo: que el tratado pueda producir efectos jurídicos conforme al Derecho internacional público.
En este tratado, y en general en la mayoría del ámbito, el derecho internacional y el derecho interno de los estados van entrelazados y unidos.
Estructura y contenido del Tratado
El Tratado consta de cinco partes divididas en 31 artículos. En ellos se reconoce el derecho de libre determinación de los pueblos a procurar su desarrollo económico, social y cultural, y a gestionar y disponer de sus propios recursos. Se reconoce un derecho negativo de un pueblo a no ser privado de sus medios de subsistencia. Establece el principio de "realización progresiva". Los derechos sólo pueden ser limitados por la ley, de manera compatible con la naturaleza de los derechos, y sólo con el fin de "promover el bienestar general en una sociedad democrática".
Algunos de los derechos que se consagran en el Pacto son:
- Derecho al trabajo, bajo "condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias".
- Derecho a fundar y afiliarse a los sindicatos.
- Derecho a la seguridad social, incluso al seguro social.
- Derecho a la vida familiar, incluida la licencia parental remunerada y la protección de los niños.
- Derecho a un nivel de vida adecuado, incluyendo alimentación, vestido y vivienda, y la "mejora continua de las condiciones de existencia".
- Derecho a la salud.
- Derecho a la educación, incluida la enseñanza primaria universal y gratuita, disponible en general, la enseñanza secundaria, e igualmente accesible la educación superior.
- Derecho a la participación en la vida cultural.
El Tratado también regula la presentación de informes y de seguimiento del Pacto y las medidas adoptadas por las partes para su aplicación. También permite que el órgano de vigilancia - originalmente el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ahora el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) - haga recomendaciones generales a la Asamblea General de Naciones Unidas sobre las medidas adecuadas para la realización de los derechos (Artículo 21). Finalmente, regula la ratificación, entrada en vigor y la modificación del Pacto.