Anexos del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y Marco Legislativo Aeronáutico Venezolano
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Anexos del Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Anexo 1 - Licencias al personal.
Anexo 2 - Reglamento del aire.
Anexo 3 - Servicio Meteorológico para la navegación aérea internacional.
Parte I - SARPS básicos
Parte II - Apéndices y adjuntos
Anexo 4 - Cartas aeronáuticas
Anexo 5 - Unidades de Medida
Anexo 6 - Operación de aeronaves
Parte I - Transporte aéreo comercial internacional - aviones.
Parte II - Aviación general internacional - aviones.
Parte III - Operaciones internacionales - helicópteros.
Anexo 7 - Marcas de nacionalidad y de Matrícula de las aeronaves.
Anexo 8 - Aeronavegabilidad.
Anexo 9 - Facilitación.
Anexo 10 - Telecomunicaciones aeronáuticas.
Volumen I - Radio ayudas para la navegación.
Volumen II - Procedimientos de comunicaciones incluso los que tienen categoría de PANS.
Volumen III - Sistemas de comunicación.
Parte I - Sistemas de comunicación con datos digitales.
Parte II - Sistemas de comunicación por voz.
Volumen IV - Sistema de radar de vigilancia y sistema anticolisión.
Volumen V - Utilización del espectro de radiofrecuencias aeronáuticas.
Anexo 11 - Servicios de tránsito aéreo. (Servicio de control de tránsito aéreo. Servicio de información de vuelo. Servicio de alerta).
Anexo 12 - Búsqueda y salvamento
Anexo 13 - Investigación de accidentes e incidentes de aviación.
Anexo 14 - Aeródromos.
Volumen I - Diseño y operaciones de aeródromos.
Volumen II - Helipuertos.
Anexo 15 - Servicios de información aeronáutica / Aeronautical Information Service (AIS).
Anexo 16 - Protección del medio ambiente.
Volumen I - Ruido de las aeronaves.
Volumen II - Emisión de los motores de las aeronaves.
Anexo 17 - Seguridad: Protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita.
Anexo 18 - Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea.
Anexo 19 - Gestión de la seguridad operacional (SMS)
Marco Legislativo Aeronáutico Nacional Venezolano
Pretende alcanzar y cumplir las obligaciones internacionales que impone a los estados signatarios el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, celebrado en Chicago en 1944.
Este marco legislativo aeronáutico resulta indispensable para la instrumentación de las normas sustantivas que den pie a los reglamentos técnicos, los cuales deben garantizar la adecuada vigilancia y control integral (en principio) en las operaciones aéreas.