Art. 38.2 del estatuto del tribunal internacional de justicia explicación

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2.- Los Principios Generales del Derecho

El artículo 38 del Estatuto nos habla de los principios reconocidos por las Naciones Civilizadas. ¿Que se entiende por Naciones Civilizadas?. No incluirán a Estados cuya civilización no alcanza a la de otros. Pero actualmente es una norma que viene a conciliar las distintas normativas jurídicas y esos principios son los que se daban en un análisis específico de los distintos sistemas jurídicos. Este problema se trata de una posición de: autores del estatuto, principios de jurisprudencia. Se deduce que existen una seria de principios independientes de la voluntad de los estados y son de derecho internacional. Estos principios son invocados en ocasiones de manera expresa e implícita.

Conclusión, estos principios son un fondo normativo común a los derechos nacionales e internacionales que la jurisprudencia transpone después de constatar que son principios comunes a los sistemas internacionales de mundo.

3.- La Doctrina

Art. 38 del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia está configurada como medio auxiliar del Derecho Internacional aplicable. La jurisprudencia y los Tribunales acuden a ella para conocer el Derecho Internacional y recoger sus aportaciones.

La aportación fundamental es que en un mundo dividido existen doctrinas divergentes en todas las materias aunque es más fácil encontrarlas acudiendo al ámbito de la doctrina.

4.- La Equidad como fuente del derecho

El art. 38.2 del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, quiere decir que si las partes se ponen de acuerdo, el Tribunal podrá juzgar conforme a criterios de equidad aunque sea contraria a normas del Derecho Internacional. Posibilidad de que el Tribunal juzgue en base a una equidad contra legem (contraria a derecho) pero nunca se ha dado.

El segundo supuesto de equidad es la equidad secundum legem que es aquella equidad que se encuentra comprendida dentro del derecho aplicable. Se ha aplicado por el Tribunal en algunos casos:

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