Aspectos Clave de la Autodeterminación y Liquidación Aduanera
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Autodeterminación: Determinación de las Obligaciones Aduaneras
La autodeterminación es la determinación de las obligaciones aduaneras efectuada por el declarante, por las que este fija, acepta y paga los tributos exigibles y se cumplen las demás obligaciones necesarias para la autorización de un régimen aduanero.
Liquidación Oficiosa
Cuando, en el ejercicio de sus facultades de verificación inmediata o fiscalización a posteriori, establecidas en la Ley, la Autoridad Aduanera determine el incumplimiento de la obligación tributaria aduanera, procederá a la liquidación oficiosa de los tributos a la importación dejados de pagar y a imponer las sanciones respectivas.
Determinación Mixta
Excepcionalmente, la autoridad aduanera efectuará la determinación de la obligación tributaria aduanera sobre la base de la información entregada por el declarante y el reconocimiento de las mercancías. Ejemplos: Envíos Postales.
Nacimiento de la Obligación Tributaria
Nace al momento de consumarse o perfeccionarse el hecho generador que la da origen.
Hecho Generador
Conducta prevista en la Ley, que origina para quien la realiza, obligaciones de pago para con el Estado.
Elementos del Hecho Generador
Subjetivo
Persona natural o jurídica que realiza el hecho generador y que, por consiguiente, se constituye en sujeto pasivo de la obligación tributaria.
Objetivo
Conducta descrita en la Ley, que origina la obligación tributaria; ejemplos:
- IVA = venta de bienes muebles y prestaciones de servicios
- RENTA = utilidades percibidas en un ejercicio fiscal
Temporal
Indica el momento en que se produce el hecho generador.
Espacial
Determina el lugar en que tiene lugar. Ambos permiten identificar la normativa aplicable al hecho generador.
Cuantitativo
Es aquel a partir del cual se determina la cantidad monetaria que, en concepto de tributos, debe pagar el sujeto pasivo.
DAI
Toda importación de mercancías está sujeta al pago de los derechos arancelarios establecidos en el Arancel. Art. 17 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
IVA
Se establece un impuesto que se aplicará a la transferencia, importación, internación, exportación y al consumo de los bienes muebles corporales. Art. Ley de IVA.
Tasa INI
Ingreso o salida de medios de mercancías o medios de transporte del territorio aduanero nacional. Art. 12 B Ley de Simplificación Aduanera.
Elemento Cuantitativo
La importancia del elemento cuantitativo radica en que, a partir de este, podemos cuantificar monetariamente el hecho generador; en otras palabras, establecer cuánto será el monto que el sujeto deberá de enterar al Fisco en concepto de tributos. El cual está conformado por dos elementos: base imponible y alícuota.
Base Imponible
Unidad monetaria sobre la que se calculan los tributos.
Alícuota
Porcentaje de la base imponible que el Estado reclama en concepto de tributo.
Tributos Aduaneros
Los tributos aduaneros están establecidos en términos ad valorem; por consiguiente, su base imponible está constituida por el valor en aduana de las mercancías, el cual está conformado por los montos que, en concepto de precio, flete y seguro, se hubieren pagado por los bienes objeto de importación o exportación.
Valor de Transacción
Precio realmente pagado o por pagar por las mercancías objeto de importación.
Mercancías Idénticas
Vendidas al mismo nivel comercial y sustancialmente en las mismas cantidades, en el mismo momento o en un momento aproximado.
Mercancías Similares
Vendidas al mismo nivel comercial y sustancialmente en las mismas cantidades, en el mismo momento o en un momento aproximado.