Aspectos Clave de Contratación Laboral: Interinidad, Obra y Principio de Norma Favorable

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Detalles Esenciales en Contratos de Contrata o Subcontrata

Al establecer contratos o subcontratas, es fundamental especificar los siguientes extremos:

  1. Nombre y razón social.
  2. Domicilio.
  3. Número de identificación fiscal de la empresa contratista o subcontratista.
  4. Objeto y duración del contrato.
  5. Lugar de ejecución del contrato.
  6. Número de trabajadores que serán ocupados por la contrata o subcontrata en el centro de trabajo de la empresa principal.
  7. Medidas previstas para la coordinación de actividades desde el punto de vista de prevención de riesgos laborales.

Contrato de Interinidad: Sustitución de Puestos Reservados

El contrato de sustitución o interinidad es un tipo de contrato temporal que se utiliza para reemplazar a trabajadores que tienen derecho a una reserva de su puesto de trabajo. Esto ocurre cuando una empresa tiene un empleado que deja de prestar servicios temporalmente y conserva su derecho a volver a su puesto; en ese caso, se puede contratar a otro trabajador para que lo sustituya durante dicho periodo.

Contrato por Obra o Servicio Determinados

El contrato por obra o servicio determinados es un contrato temporal mediante el cual se puede contratar a un trabajador para prestar sus servicios en relación con una obra o un servicio concreto dentro de la empresa. La característica principal es que su duración no será indefinida, pero el momento exacto de su finalización no se conoce previamente.

Principio de Norma Más Favorable

Fundamento Legal y Aplicación

El principio de norma más favorable se encuentra recogido en el art. 3.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET), el cual establece:

"Los conflictos originados entre los preceptos de dos o más normas laborales, tanto estatales como pactadas, que deberán respetar en todo caso los mínimos de derecho necesario, se resolverán mediante la aplicación de lo más favorable para el trabajador apreciado en su conjunto, y en cómputo anual, respecto de los conceptos cuantificables.”

Interpretación del Principio

Esto significa que, cuando existan dos o más normas aplicables a un caso concreto, sin importar su rango, se aplicará aquella que, evaluada en su conjunto, resulte más beneficiosa para el trabajador. Es crucial entender que la norma seleccionada debe aplicarse en su totalidad; no es posible tomar los aspectos favorables de una norma y rechazar los adversos de la misma.

Objetivo del Principio

Este principio se fundamenta en la existencia de múltiples normas vigentes cuya aplicación preferente está en disputa. Por lo tanto, obliga a seleccionar entre ellas la norma, independientemente de su rango, que contenga las disposiciones más favorables para el trabajador. Las normas menos favorables quedan postergadas en su aplicación, pero no eliminadas del ordenamiento jurídico.

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