Aspectos Clave del Contrato de Formación y Aprendizaje: Requisitos, Movilidad y Extinción

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Regulación Detallada del Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Objeto y Finalidad

El Contrato para la Formación y el Aprendizaje tiene como objeto principal la cualificación profesional de los trabajadores mediante un régimen de alternancia entre:

  • Actividad laboral retribuida en una empresa.
  • Actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Condiciones del Contrato

Requisitos de los Trabajadores

  • No haber cumplido los 25 años de edad.
  • Carecer de la cualificación profesional asociada al puesto.
  • No haber desempeñado previamente el mismo puesto de trabajo objeto del contrato.
  • No haber agotado la duración máxima establecida para este tipo de contrato.

Jornada y Retribución

  • Jornada: Tiempo completo. Se dividirá entre la formación teórica y el trabajo efectivo.
  • Retribución: Se calculará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, conforme a lo estipulado en el Convenio Colectivo aplicable.

Duración

La duración del contrato se establece entre 1 y 3 años. No obstante, el convenio colectivo podrá establecer duraciones diferentes, siempre que no sean inferiores a 6 meses ni superiores a 3 años.

Modificaciones Contractuales: Movilidad

Cambio de Centro de Trabajo y Grupo Profesional

Se contemplan dos tipos principales de movilidad:

1. Movilidad Geográfica (Desplazamiento Temporal)
  • Se refiere al traslado temporal del trabajador.
  • Duración máxima: 12 meses dentro de un período de 3 años.
  • Comunicación: Si el desplazamiento supera los 3 meses, debe comunicarse con 5 días de antelación.
  • Compensación: El trabajador tiene derecho a percibir gastos de viaje y dietas.
  • Extinción por Desplazamiento: Si el trabajador decide extinguir el contrato debido al desplazamiento, tendrá derecho a una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado.
  • Recurso: Se puede recurrir ante el Juzgado de lo Social.
2. Movilidad Funcional Fuera del Grupo Profesional

Se refiere a la posibilidad de asignar tareas correspondientes a un grupo profesional distinto al inicialmente pactado.

Causas de Suspensión del Contrato

El contrato puede suspenderse temporalmente por las siguientes causas:

  1. Cierre legal de la empresa.
  2. Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.
  3. Mutuo acuerdo entre las partes contratantes.
  4. Incapacidad temporal del trabajador debido a enfermedad o accidente.
  5. Las causas consignadas válidamente en el propio contrato.

Causas de Extinción del Contrato

El contrato finalizará por:

  • Cumplimiento de la duración pactada.
  • Voluntad unilateral del trabajador.
  • Voluntad unilateral del empresario.
  • Muerte, jubilación o incapacidad permanente del trabajador o del empresario (si este es persona física).

Despido Disciplinario: Causas Fundamentales

El empresario puede proceder al despido disciplinario por las siguientes faltas graves del trabajador:

  • Faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o asistencia al trabajo.
  • Indisciplina o desobediencia en el desempeño de las funciones.
  • Disminución voluntaria y continuada en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
  • Acoso (por razón de origen racial o étnico, religión, discapacidad, edad o orientación sexual, etc.).
  • Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.

Marco Jurisdiccional y Recursos

Órganos Jurisdiccionales Competentes

Para la resolución de conflictos laborales, se establece la siguiente jerarquía de órganos:

  1. Juzgados de lo Social: Para conflictos individuales y colectivos de ámbito provincial.
  2. Tribunales Superiores de Justicia: Competencia en materia sindical a nivel de Comunidad Autónoma.
  3. Audiencia Nacional: Para la impugnación de convenios colectivos de ámbito nacional.
  4. Tribunal Supremo: Máxima instancia ordinaria.
  5. Instancia Extraordinaria: Cuando se alegue violación de derechos fundamentales.
  6. Tribunal Constitucional.

Vías de Recurso

Los procedimientos judiciales laborales admiten los siguientes recursos:

  • Recurso de Suplicación.
  • Recurso de Casación.
  • Recurso de Casación para unificación de doctrina.

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