Aspectos Clave del Contrato Laboral: Periodo de Prueba, Despido y Movilidad Geográfica
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Periodo de Prueba Laboral: Derechos y Obligaciones
El periodo de prueba es una fase inicial en la relación laboral que permite a ambas partes evaluar la idoneidad del puesto y del trabajador.
- El periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados.
- Ni de dos meses para los demás trabajadores, salvo en las empresas con menos de 25 trabajadores, en cuyo caso no superará los tres meses.
- Si se trata de un contrato que debe ejecutarse obligatoriamente por escrito y el empresario no lo hace, se entiende que dicho contrato se transforma en indefinido y a tiempo completo.
- Si el empresario no da de alta al trabajador en la Seguridad Social, una vez transcurrido el tiempo superior al que podría ser el periodo de prueba, el contrato se considera indefinido.
- Los contratos acordados en fraude de ley también se consideran indefinidos.
Extinción del Contrato: Despido Disciplinario
El despido disciplinario se produce por incumplimientos graves y culpables del trabajador. Algunos de estos incumplimientos incluyen:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el desempeño de las funciones.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario, a los compañeros o a sus familiares.
- La transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria del rendimiento del trabajo.
- La embriaguez habitual o toxicomanía cuando repercuten negativamente en la actividad laboral.
Forma del Despido Disciplinario
El empresario debe comunicar al trabajador, por escrito, el despido, indicando detalladamente los hechos que lo motivan, las fechas en que se produjeron y el día a partir del cual tendrá efecto.
Efectos del Despido Disciplinario
Si se demuestra la procedencia del despido, el trabajador no tiene derecho a ninguna indemnización y se encontrará en situación legal de desempleo, pero no podrá cobrar la prestación por desempleo hasta que hayan transcurrido tres meses.
Desplazamiento Laboral
El desplazamiento se produce cuando el trabajador debe cambiarse temporalmente a otro centro de trabajo. Si la duración del desplazamiento es superior a 12 meses en un periodo de tres años, se tratará como un traslado.
Opciones del Trabajador ante un Desplazamiento
- Aceptar el desplazamiento percibiendo los gastos de viaje y dietas.
- Tiene derecho a un permiso de cuatro días laborables por cada tres meses de desplazamiento, asumiendo la empresa los gastos.
- No aceptar y recurrir al juzgado de lo social.
Traslado Laboral
El traslado implica que el trabajador debe trabajar en otro centro de trabajo que le exige cambiarse de domicilio de forma permanente.
Opciones del Trabajador ante un Traslado
- Aceptar el traslado percibiendo una compensación por los gastos del trabajador y de su familia.
- Trasladarse y recurrir al juzgado la decisión empresarial.
- Extinguir el contrato de trabajo con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.