Aspectos Clave de los Contratos de Trabajo en España
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Contrato en Prácticas
- Jornada:
- A tiempo parcial o completo.
- Periodo de prueba:
- Dos meses (para titulados superiores) o un mes (para titulados de grado medio o certificados de profesionalidad).
- Objeto:
- Adquisición de práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
- Salario:
- 60% del salario fijado en convenio para un trabajador de igual o equivalente puesto durante el primer año, y 75% durante el segundo año. En ningún caso inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción a la jornada.
- Duración:
- Mínimo: 6 meses. Máximo: 2 años.
- Forma:
- Por escrito.
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
- Jornada:
- Siempre a tiempo completo. Al menos un 15% de la jornada debe dedicarse a formación teórica.
- Forma:
- Por escrito.
- Retribución:
- La fijada en el convenio colectivo. No inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
- Duración:
- Mínima: 6 meses. Máxima: 2 años, ampliable a 3 por convenio colectivo.
- Límite de edad:
- De 16 a 21 años. Excepciones: personas con discapacidad, extranjeros con permiso de trabajo y desempleados inscritos como demandantes de empleo durante más de 3 años.
Contrato de Obra o Servicio Determinado
- Indemnización:
- 8 días de salario por año trabajado (o la establecida en convenio, si es superior).
- Objeto:
- Realización de una obra o servicio con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa.
- Jornada:
- A tiempo parcial o completo.
- Duración:
- Incierta, aunque limitada en el tiempo. Finaliza al concluir la obra o servicio.
- Forma:
- Por escrito. En caso contrario, se presume celebrado a jornada completa e indefinido.
Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
- Indemnización:
- 8 días de salario por año trabajado (o la establecida en convenio, si es superior).
- Forma:
- Por escrito o de palabra, salvo que su duración sea superior a 4 semanas.
- Prórrogas:
- Solo se permite una única prórroga, en el caso de contratos de duración inferior a la máxima establecida.
- Duración:
- La que determine el convenio colectivo, sin que pueda superar los 12 meses en un periodo de 18 meses.
Contrato a Tiempo Parcial
- Tipos especiales:
- Contrato de relevo y contrato fijo discontinuo.
- Forma:
- Por escrito, con especificación de las horas a realizar.
- Horas complementarias:
- Se podrá pactar la realización de estas horas siempre que conste por escrito en el contrato.
- Jornada:
- Inferior a la jornada ordinaria de trabajo pactada en el convenio colectivo. Se determinará el porcentaje de horas que representa sobre la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
- Tipos de contratos:
- Esta modalidad se puede aplicar a cualquier tipo de contratación que así lo permita. Ej.: Contrato de obra o servicio a tiempo parcial.
Contrato Indefinido Ordinario
Este es el contrato tipo y no tiene ninguna especialidad, ya que en él se aplican los artículos generales del Estatuto de los Trabajadores. Su jornada puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida
Es una modalidad específica de contrato indefinido, ya que tiene un ámbito subjetivo limitado; es decir, solo puede celebrarse con determinados tipos de personas, siempre que cumplan una serie de requisitos:
- Jóvenes menores de 30 años.
- Personas desempleadas de larga duración (más de 6 meses).
- Trabajadores mayores de 45 años.
- Mujeres en empleos en los que se hallen subrepresentadas.
- Personas desempleadas que hayan tenido un hijo en los 24 meses anteriores.
- Conversión de contratos temporales ya existentes en indefinidos.
El objetivo de este contrato es incentivar a las empresas para que realicen la contratación indefinida.