Aspectos Clave de los Contratos de Trabajo en España

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,59 KB

Contrato en Prácticas

Jornada:
A tiempo parcial o completo.
Periodo de prueba:
Dos meses (para titulados superiores) o un mes (para titulados de grado medio o certificados de profesionalidad).
Objeto:
Adquisición de práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
Salario:
60% del salario fijado en convenio para un trabajador de igual o equivalente puesto durante el primer año, y 75% durante el segundo año. En ningún caso inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción a la jornada.
Duración:
Mínimo: 6 meses. Máximo: 2 años.
Forma:
Por escrito.

Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Jornada:
Siempre a tiempo completo. Al menos un 15% de la jornada debe dedicarse a formación teórica.
Forma:
Por escrito.
Retribución:
La fijada en el convenio colectivo. No inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Duración:
Mínima: 6 meses. Máxima: 2 años, ampliable a 3 por convenio colectivo.
Límite de edad:
De 16 a 21 años. Excepciones: personas con discapacidad, extranjeros con permiso de trabajo y desempleados inscritos como demandantes de empleo durante más de 3 años.

Contrato de Obra o Servicio Determinado

Indemnización:
8 días de salario por año trabajado (o la establecida en convenio, si es superior).
Objeto:
Realización de una obra o servicio con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa.
Jornada:
A tiempo parcial o completo.
Duración:
Incierta, aunque limitada en el tiempo. Finaliza al concluir la obra o servicio.
Forma:
Por escrito. En caso contrario, se presume celebrado a jornada completa e indefinido.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

Indemnización:
8 días de salario por año trabajado (o la establecida en convenio, si es superior).
Forma:
Por escrito o de palabra, salvo que su duración sea superior a 4 semanas.
Prórrogas:
Solo se permite una única prórroga, en el caso de contratos de duración inferior a la máxima establecida.
Duración:
La que determine el convenio colectivo, sin que pueda superar los 12 meses en un periodo de 18 meses.

Contrato a Tiempo Parcial

Tipos especiales:
Contrato de relevo y contrato fijo discontinuo.
Forma:
Por escrito, con especificación de las horas a realizar.
Horas complementarias:
Se podrá pactar la realización de estas horas siempre que conste por escrito en el contrato.
Jornada:
Inferior a la jornada ordinaria de trabajo pactada en el convenio colectivo. Se determinará el porcentaje de horas que representa sobre la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
Tipos de contratos:
Esta modalidad se puede aplicar a cualquier tipo de contratación que así lo permita. Ej.: Contrato de obra o servicio a tiempo parcial.

Contrato Indefinido Ordinario

Este es el contrato tipo y no tiene ninguna especialidad, ya que en él se aplican los artículos generales del Estatuto de los Trabajadores. Su jornada puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.

Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida

Es una modalidad específica de contrato indefinido, ya que tiene un ámbito subjetivo limitado; es decir, solo puede celebrarse con determinados tipos de personas, siempre que cumplan una serie de requisitos:

  1. Jóvenes menores de 30 años.
  2. Personas desempleadas de larga duración (más de 6 meses).
  3. Trabajadores mayores de 45 años.
  4. Mujeres en empleos en los que se hallen subrepresentadas.
  5. Personas desempleadas que hayan tenido un hijo en los 24 meses anteriores.
  6. Conversión de contratos temporales ya existentes en indefinidos.

El objetivo de este contrato es incentivar a las empresas para que realicen la contratación indefinida.

Entradas relacionadas: