Aspectos Clave del Convenio Colectivo: Contratos, Jornada y Derechos Laborales
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Este documento detalla información crucial sobre las condiciones laborales y contractuales, basada en un convenio colectivo específico. Comprender estos puntos es fundamental para cualquier trabajador o estudiante de Formación y Orientación Laboral (FOL).
Contratos de Trabajo y Períodos de Prueba
A continuación, se detallan aspectos relevantes sobre contratos laborales y sus condiciones:
1. Período de Prueba según Titulación de FP
El período de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores.
2. Retribución en el Contrato de Formación en Alternancia
Los porcentajes de retribución no mejoran en el contrato de formación en alternancia, manteniéndose el 60% el primer año y el 75% el segundo, según lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
3. Retribución en el Contrato para la Obtención de la Práctica Profesional
Sí, los porcentajes de retribución mejoran en un 10% (pasando del 60% al 70%) en el contrato para la obtención de la práctica profesional.
4. Contrato por Circunstancias de la Producción
Ampliación de la Duración
La duración del contrato se amplía a 12 meses en un período de 18 meses.
Indemnización
La indemnización no es superior a la fijada por la ley, siendo de 12 días por año trabajado.
5. Regulación del Contrato a Tiempo Parcial y Horas Complementarias
El convenio no regula el contrato a tiempo parcial, solo el contrato fijo-discontinuo, por lo que no aumenta el 30% de horas complementarias.
6. Indemnización en el Contrato de Relevo
No se establece una indemnización de mayor cuantía para el contrato de relevo; es igual a la legal: 12 días por año trabajado.
Jornada Laboral, Descansos y Conciliación
Detalles sobre la jornada, los tiempos de descanso y las medidas de conciliación:
1. Jornada Anual Establecida
Se establece una jornada ordinaria anual de 1.736 horas.
2. Tiempo de Descanso (Bocadillo) como Tiempo de Trabajo Efectivo
En principio, el tiempo de descanso dentro de la jornada (bocadillo) no es considerado tiempo de trabajo efectivo, salvo acuerdo expreso entre el trabajador y la empresa.
3. Distribución Irregular de la Jornada
Horas Disponibles para la Empresa
La empresa dispone del 10% de la jornada ordinaria anual para distribución irregular, lo que equivale a 174 horas al año.
Motivos para su Aplicación
Los motivos son la necesidad justificada para el funcionamiento empresarial, como las necesidades de producción en una época determinada del año.
Período de Compensación
La compensación por descanso se producirá dentro de los 12 meses siguientes.
4. Horas Extras
Compensación y Retribución
Si se compensan por descanso, debe ser antes de los cuatro meses siguientes. Si son retribuidas, la cuantía es de 18,82 euros la hora en días laborables y 27,74 euros la hora en días festivos.
Consideración de Horas Extras Obligatorias
Se consideran horas extras obligatorias por períodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno y otras circunstancias de carácter estructural.
5. Mejoras en Reducción de Jornada y Lactancia
Reducción de Jornada por Cuidado de Familiares
No hay mejoras en cuanto a la reducción de jornada por cuidado de familiares.
Acumulación de la Hora de Lactancia
No hay mejoras en la posibilidad de acumular la hora de lactancia en jornadas completas.
6. Permisos Retribuidos
Mejoras en Permisos Existentes
Se establece una mejora de tres días (en lugar de dos) por fallecimiento de familiar de hasta 2º grado, cónyuge o pareja de hecho.
Nuevos Permisos
Se establecen dos días naturales (de los cuales al menos uno deberá ser laborable) por nacimiento o adopción de un hijo y un día por matrimonio de hijo.
7. Planificación Anual de Vacaciones
El convenio fija las siguientes normas sobre vacaciones:
Período de Disfrute
30 días naturales, de los cuales 21 tienen que ser laborables.
Conocimiento de Fechas
Los trabajadores deben conocer las fechas de sus vacaciones con al menos dos meses de antelación.
Orden de Elección
No existe un orden específico para elegir las vacaciones.
Retribuciones
La cantidad fija establecida en las tablas salariales del respectivo convenio colectivo.
8. Planes de Igualdad en Empresas
El convenio no establece medidas propias sobre la elaboración de planes de igualdad, sino que sigue lo dispuesto en la Ley Orgánica de Igualdad de 2007.