Aspectos Clave de la Instrucción Penal: Procedimiento Abreviado y Secreto Sumarial en la LECRIM

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Jurisdicción Competente en el Proceso Penal

La competencia para conocer de las actuaciones recae en:

  • El Juzgado de Instrucción de Granollers (art. 14.2 LECRIM).
  • La Audiencia Provincial de Barcelona (art. 14.3 LECRIM).

Tipo de Procedimiento y Fase de Instrucción

Procedimiento Abreviado

Se aplicará el procedimiento abreviado, dado que la pena en abstracto del delito más grave (en este caso, el delito contra la salud pública) es de 6 años y, por tanto, inferior a 9 años (art. 757 LECRIM).

Nomenclatura de la Instrucción

La fase de instrucción en el procedimiento abreviado se denomina diligencias previas (art. 774 LECRIM). Se inicia mediante un auto de incoación de diligencias previas (art. 777 LECRIM).

El Secreto de las Actuaciones Judiciales

Conforme al art. 777 LECRIM, el Juez debería acordar, de oficio y por un plazo máximo de un mes, el secreto de sumario (también conocido como secreto instructorio o de la instrucción, para evitar cuestiones de nomenclatura), según lo dispuesto en el art. 302 LECRIM. Este es un claro ejemplo de secreto relativo de las actuaciones.

Acceso a la Información para la Defensa

Se deberá facilitar al investigado aquella información de las diligencias que sea estrictamente necesaria para impugnar su situación de prisión provisional (arts. 302 y 503 LECRIM).

Intervención de Comunicaciones y Confidencialidad

La petición relativa al secreto de las comunicaciones deberá sustanciarse y resolverse en la pieza correspondiente, conforme al art. 579.5 LECRIM. El plazo máximo es de 3 meses, prorrogable hasta 18 meses mediante plazos sucesivos de 3 meses, en virtud del art. 588 ter g) LECRIM.

Asimismo, y conforme a lo dispuesto en el art. 302 LECRIM, la instrucción es reservada a las partes. Aunque en ocasiones es habitual ver información en medios de comunicación, los operadores jurídicos tienen la obligación de no difundir el contenido de las actuaciones. Esta obligación es aún más estricta si la difusión puede afectar al buen transcurso de la investigación, a la intimidad de las partes o al honor y presunción de inocencia de un investigado (GIMENO SENDRA, V. pp. 290 y 291).

Gestión de Delitos Conexos

Aunque se trate de delitos conexos, podría ser aconsejable diseccionar la causa a través de distintas piezas separadas (Art. 17.1, párrafo 2º LECRIM).

Duración y Prórroga de la Instrucción Penal

Plazos Generales de la Instrucción

Por disposición del art. 324 LECRIM, la instrucción tendrá una duración máxima de un año. No obstante, y sin necesidad de que la causa sea declarada compleja, se podrá acordar la prórroga de la instrucción por sucesivos plazos de seis meses.

Decisión sobre la Prórroga

La prórroga de la instrucción se decidirá mediante auto motivado, conforme a lo establecido en el art. 324 LECRIM.

Consecuencias de una Prórroga Inválida

La información obtenida de la práctica de una diligencia acordada con la instrucción ya terminada, debido a la invalidación de la prórroga por decisión de la Audiencia Provincial, no podrá ser tenida en cuenta en el proceso, según la disposición expresa del art. 324.3 LECRIM.

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