Aspectos Clave de la Legislación Cooperativa
Clasificado en Economía
Escrito el en español con un tamaño de 4,45 KB
1. Ámbito de Aplicación (Art. 1)
- Actividad cooperativizada.
- Criterios con terceros propios de la actividad cooperativizada.
2. Responsabilidad (Art. 4)
3. Personalidad Jurídica de la Cooperativa (Art. 9)
4. Número Mínimo de Socios (Art. 9.3)
5. Personas que Pueden Ser Socios (Art. 19)
- Cooperativas de primer grado.
- Cooperativas de segundo grado.
6. Socios de Trabajo (Art. 21)
7. Baja del Socio (Art. 22)
- Bajas justificadas y no justificadas.
8. Asociados (Art. 28)
- No pueden tener la condición de socios.
- Pueden ser personas físicas o jurídicas que realicen aportaciones a capital de carácter voluntario.
- No pueden realizar actividades cooperativizadas con la cooperativa.
- Limitación del derecho de voto y de participación en el consejo rector.
9. Capital Social (Art. 55)
- Aportaciones obligatorias y voluntarias de socios y asociados.
- Importe mínimo de capital desembolsado (25%).
- Aportaciones con derecho a reembolso y sin derecho a reembolso.
- Capital social mínimo.
- Importe máximo de aportaciones por socio.
10. Aportaciones Obligatorias al Capital Social (Art. 56)
- Se establece en los estatutos sociales.
- La asamblea puede acordar nuevas aportaciones para todos los socios.
11. Aportaciones Voluntarias al Capital (Art. 57)
- La cooperativa puede acordar la admisión de aportaciones voluntarias de socios y asociados.
- La condición de retribución de dichas aportaciones se regulará en el acuerdo de emisión.
12. Remuneración de las Aportaciones (Art. 58)
- Las aportaciones obligatorias a capital podrán ser retribuidas por un importe igual o inferior a 6 puntos por encima del interés legal del dinero.
- La remuneración de las aportaciones voluntarias se determinará en el acuerdo de emisión de las mismas.
13. Actualización del Capital (Art. 59)
- Las aportaciones obligatorias podrán ser actualizadas con cargo a reservas.
14. Transmisión de Participaciones y de Condición de Socio o Asociado (Art. 60)
- Las aportaciones voluntarias son transmisibles entre socios o asociados.
- Por sucesión mortis causa, pueden adquirir la condición de socio los herederos que lo soliciten y tengan derecho al ingreso.
- Podrá ser transmisible mortis causa la condición de asociado.
15. Reembolso de las Aportaciones (Art. 61)
- El socio tiene derecho al reembolso de sus aportaciones obligatorias y parte correspondiente de reservas voluntarias repartidas en caso de baja de la cooperativa.
- El reembolso de aportaciones podrá aplazarse hasta 5 años en caso de expulsión, 3 en baja no justificada y 1 en defunción o baja justificada.
- Las aportaciones voluntarias de socios se reembolsarán en el momento de la baja o cuando establezca el acuerdo de emisión.
16. Otros Medios de Financiación (Art. 62)
- Cuotas de ingreso o periódicas no reembolsables.
- Obligaciones.
- Títulos participativos con remuneración variable o mixta.
17. Operaciones con Terceros No Socios (Art. 65)
- Resultados ordinarios cooperativos: propios de la actividad cooperativa con los socios.
- Resultados ordinarios extracooperativos: derivados de las operaciones de la cooperativa con quienes no sean socios.
18. Distribución de Excedentes y Beneficios (Art. 68)
- 5% de los excedentes netos al fondo de formación y promoción cooperativa (mínimo).
- 20% a reserva obligatoria hasta alcanzar la cifra del capital suscrito.
- El resto a reservas voluntarias, participación de asalariados o retornos a los socios en proporción a su actividad cooperativizada.
- Los beneficios netos de operaciones con terceros no socios se destinan a reserva obligatoria o al fondo de formación y promoción cooperativa.
19. Reserva Obligatoria (Art. 70)
- Es irrepartible entre los socios.
- Sin perjuicio de que pueda destinarse a actualizar el capital social de socios que causan baja o a favorecer el acceso de nuevos socios.