Aspectos Cruciales: Seguridad Vial y Derechos Humanos Esenciales

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Seguridad Vial en Carretera

Según el Reglamento Nacional de Tránsito, ¿a qué se denomina carretera?

A la vía fuera del ámbito urbano, destinada a la circulación de vehículos y, eventualmente, de peatones y animales.

Según el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ¿cuáles son las condiciones por las cuales se ve afectada la capacidad de los individuos para conducir?

La fatiga, el sueño, el alcohol, otras drogas.

¿Cuáles son los objetivos de la Dirección de Protección de Carreteras (DIRPRCAR), instancia de la PNP?

  • Proporcionar seguridad, vigilancia y control policial en la red vial nacional.
  • Proteger la vida y propiedad de las personas que transitan por las carreteras.
  • Garantizar el cumplimiento de las leyes y disposiciones vigentes sobre el tránsito y transporte de pasajeros y de carga en general.
  • Prevenir y combatir los delitos, faltas e infracciones administrativas en las carreteras.
  • Prestar protección y auxilio a las personas y a la comunidad usuaria de las carreteras.

Los Derechos Humanos

¿Cómo se definen los Derechos Humanos?

Como el conjunto de condiciones materiales, espirituales y jurídicas, fundadas en el reconocimiento y respeto de la dignidad y el valor de la persona.

¿Qué sostiene la filósofa Adela Cortina?

Que garantizar el respeto de los derechos humanos y adoptar una actitud de diálogo sin imponerse a los demás, son los mínimos indispensables para convivir de manera justa en sociedad.

Dimensiones de los Derechos Humanos

Dimensión Histórica: Se refiere al carácter dinámico, evolutivo e inacabado de los derechos humanos, puesto que reflejan el consenso social en un momento concreto, frente a los problemas que podrían estar afectando la vida de las personas como individuos y en sociedad.

Dimensión Moral: Los derechos humanos son principios y valores que pretenden ser universales precisamente para que sean reconocidos y respetados por todas y todos en cualquier coyuntura o contexto social.

Dimensión Política: Posee un doble sentido:

  • Los derechos son la respuesta que dan los miembros que integran la sociedad a una determinada situación. Para que esta respuesta sea aceptada, mantenida y respetada, debe ser tomada en consenso.
  • Los derechos son la base de todo poder político, al margen del país y el tipo de autoridad política que dirija un Estado.

Dimensión Jurídica: Implica tener una norma jurídica que avale y regule la vida y conducta de las personas frente a la acción del poder del Estado y de otras personas, de manera que se garantice la integridad de las personas y de las sociedades.

Dimensión Educativa: Se refiere a la educación como un derecho que debe tener toda persona.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, aprobada por la Asamblea Nacional Francesa en el año 1789. En ella se consagraron los derechos inalienables y sagrados del hombre, es decir, no solo de los franceses, sino de todos los hombres por igual. Esta declaración era necesaria, pero no suficiente.

La Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948. Así, la comunidad internacional llegó a un consenso sobre los derechos inherentes a la persona, es decir, aquellos inherentes tanto a hombres como a mujeres. La Declaración pone de manifiesto que el respeto de los derechos humanos es primordial para la convivencia, y que la tarea de protegerlos y regularlos no son exclusivas de cada Estado, sino que competen también al derecho internacional y a las organizaciones de la sociedad civil.

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