Aspectos Esenciales del Contrato de Trabajo: Movilidad, Excedencias e Incapacidad Laboral
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Movilidad Geográfica Laboral
Traslado Individual
- Aceptar el traslado: La empresa deberá pagar los gastos por el traslado del trabajador.
- Extinguir el contrato: Tendrá derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de trabajo.
- Acudir al Juzgado de lo Social: Si el traslado es declarado injustificado, el trabajador será reincorporado al centro de origen. Si el empresario se niega a la reincorporación, se le indemnizará como si se tratara de un despido improcedente.
Traslado Colectivo
- Los trabajadores deben ser notificados 30 días antes del traslado, y tienen las mismas opciones que los traslados individuales.
Tipos de Excedencia Laboral
Excedencia Voluntaria
- Requiere un año de antigüedad.
- No cuenta a efectos de antigüedad.
- No hay reserva del puesto de trabajo.
- Podrá volver a ejercerse transcurridos 4 años.
Excedencia Forzosa
- Cuenta a efectos de antigüedad.
- Hay reserva del puesto de trabajo.
Excedencia por Cuidado de Hijos
- Reserva del puesto de trabajo durante un año.
- Cuenta a efectos de antigüedad.
Excedencia por Cuidado de un Familiar
- Cuenta a efectos de antigüedad.
- Durante el primer año se reserva el puesto de trabajo y durante el segundo el trabajador tiene derecho a la reserva de un puesto del mismo grupo profesional.
Incapacidad Temporal (IT)
Hechos Causantes de la Incapacidad Temporal
- Enfermedad común o accidente no laboral.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Periodos de observación profesional.
Extinción del Contrato de Trabajo
Por Voluntad Conjunta del Empresario y el Trabajador
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Causas consignadas válidamente en el contrato.
- Expiración del tiempo convenido o realización de obra.
Por Voluntad del Trabajador
- Dimisión del trabajador.
- Abandono.
- Resolución por causas justas y por cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor.
Por Voluntad del Empresario
- Despido colectivo y por fuerza mayor.
- Extinción por causas objetivas.
- Despido disciplinario por incumplimiento grave y culpable del trabajador.
Por Otras Causas
- Muerte, incapacidad o jubilación del trabajador.
- Muerte, incapacidad o jubilación del empresario.
- Extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
- Trabajadora víctima de violencia de género.