Aspectos Fundamentales del Contrato Laboral: Movilidad, Suspensión, Excedencia y Extinción

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Aspectos Clave de la Relación Laboral en España

Este documento resume conceptos importantes sobre la modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo según la legislación española.

  1. El trabajador afectado por desplazamiento temporal:

    a) Conserva las funciones de su grupo profesional y percibe el mismo salario.

  2. Indica cuál de las siguientes situaciones no es causa de suspensión del contrato de trabajo:

    a) Privación de libertad del trabajador cuando exista sentencia condenatoria.

  3. La excedencia por cuidado de un hijo:

    c) Computa a efectos de antigüedad.

  4. La ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa puede ser causa de:

    b) Despido objetivo.

  5. En caso de despido improcedente de un representante de los trabajadores, ¿quién opta entre readmisión o indemnización si el despido es declarado improcedente?

    c) El trabajador.

  6. “Extinción del contrato por voluntad del trabajador sin que exista causa, mediando el plazo de preaviso que señale el convenio colectivo, contrato o costumbre”. Esta definición corresponde con el concepto de:

    b) Dimisión.

  7. Dentro de la movilidad funcional, aquella movilidad que exige justificación por causas técnicas u organizativas y tiene una limitación temporal se denomina:

    a) Movilidad fuera del grupo profesional.

  8. Aquel despido en el que el Juez declara que no han sido probadas las causas alegadas por el empresario se denomina:

    b) Despido improcedente.

  9. El motivo de esta excedencia es la elección para cargo público representativo, cuyo desempeño imposibilite la asistencia al trabajo. Nos estamos refiriendo a:

    b) Excedencia forzosa.

  10. Algunas de las causas para realizar un despido disciplinario son:

    d) Todas las respuestas anteriores son correctas.

  11. Uno de los efectos de este tipo de despido es la readmisión obligatoria del trabajador y el abono de los llamados salarios de tramitación:

    c) Despido nulo.

  12. “Extinción del contrato por voluntad del trabajador sin que exista causa, sin mediar el plazo de preaviso que señale el convenio colectivo, contrato o costumbre”. Esta definición corresponde con el concepto de:

    a) Abandono.

  13. Dentro de la extinción del contrato de trabajo por voluntad del empresario, nos podemos encontrar con:

    a) Despido colectivo.

  14. Alguna de las características de la excedencia voluntaria:

    b) Requiere un año de antigüedad.

  15. La empresa podrá acordar la modificación de las condiciones sustanciales de trabajo cuando existan probadas razones de tipo:

    d) Todas las respuestas anteriores son correctas.

  16. Dentro de lo que se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo nos encontramos con las que afectan a:

    d) Todas las respuestas anteriores son correctas.

  17. Cuando a un trabajador se le encomienda la realización de funciones superiores a las de su grupo profesional, nos estamos refiriendo a la llamada:

    c) Movilidad funcional ascendente.

  18. El trabajador ante un traslado a otro centro de trabajo puede optar entre:

    d) Todas las respuestas son correctas.

  19. Si un trabajador afectado por un traslado decide acudir al Juzgado de lo Social:

    a) El trabajador debe trasladarse hasta que exista sentencia.

  20. Algunos de los casos que están incluidos como “resolución del contrato de trabajo por incumplimiento grave del empresario” son:

    a) Falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.

  21. Señala la opción incorrecta en relación al traslado:

    b) Debe ser notificado con 5 días de adelanto.

  22. Indica cuál de las siguientes situaciones es causa de suspensión del contrato de trabajo:

    d) Todas las opciones anteriores son correctas.

  23. La excedencia por cuidado de un familiar:

    b) Tiene una duración de hasta dos años.

  24. Las modificaciones que afectan a materias como horario y distribución del tiempo de trabajo son las llamadas:

    c) Modificaciones sustanciales.

  25. La “indisciplina o desobediencia en el trabajo” puede ser motivo de:

    b) Despido disciplinario.

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