Autonomía Estadal y Municipal en Venezuela: Estructura y Competencias
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Autonomía Estadal
La autonomía estadal comprende:
- Elección de sus autoridades: Elección por voto popular y directo de los habitantes de cada estado, tanto del gobernador como de los diputados de los Consejos Legislativos Estadales.
- Gestión de sus competencias: Administración de las materias que les corresponden según la ley.
- Creación, recaudación e inversión de sus ingresos: Manejo de sus recursos financieros.
Instrumentos Jurídicos
- Ley Estadal: Acto legislativo de efectos generales, sancionado por el Consejo Legislativo.
- Acuerdos: Actos legislativos no normativos dictados por el Consejo Legislativo, con una sola discusión.
- Reglamentos: Actos del Consejo Legislativo para establecer el régimen de algún órgano o servicio.
- Decretos: Actos administrativos sancionados por el Gobernador del Estado, publicados en la Gaceta Oficial del Estado.
Poderes Públicos y Contraloría Estadal
- Poder Ejecutivo: Ejercido por el Gobernador, encargado del gobierno y la administración regional.
- Poder Legislativo: Recae en el Consejo Legislativo, integrado por los Diputados Regionales.
- Contraloría: Ejercida por el Contralor regional.
Poderes Públicos y Contraloría del Distrito Capital
- Poder Legislativo: Ejercido por la Asamblea Nacional, integrada por 165 Diputados de todo el territorio nacional.
- Poder Ejecutivo: Ejercido por el Jefe de Gobierno del Distrito Capital.
- Contraloría: Ejercida por la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela, encargada del seguimiento, fiscalización y control de los ingresos y egresos de la Hacienda Pública del Distrito Capital.
Administración Pública de los Municipios
El Artículo 168 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece que los municipios son la unidad política primaria de la organización nacional, con personalidad jurídica y autonomía. La autonomía municipal comprende:
- La elección de sus autoridades.
- La gestión de las materias de su competencia.
- La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.
Competencias de los Municipios
- Vialidad y tránsito urbano.
- Ordenación territorial y urbanística.
- Protección del ambiente y cooperación en el saneamiento ambiental.
- Servicios de agua potable, electricidad y gas doméstico.
Instrumentos Jurídicos de los Municipios
- Decretos: Actos administrativos de efecto general, dictados por el alcalde, publicados en la Gaceta Municipal.
- Resoluciones: Actos del Concejo Municipal para establecer su régimen y el de sus órganos, servicios y dependencias. Se sancionan mediante dos discusiones y se publican en la Gaceta Municipal.
Fuentes de Ingresos de los Municipios
- Tributarios: Impuesto sobre Inmuebles Urbanos, Impuesto a las Actividades Económicas.
- Multas y Sanciones: Recursos provenientes del ejercicio de control del Municipio sobre los ciudadanos.
- Patrimonio Propio: Recursos del Municipio por el uso y administración de sus bienes.
Administración Pública del Distrito Metropolitano de Caracas
El Área Metropolitana de Caracas es una unidad político-territorial con personalidad jurídica y autonomía. Su ámbito geográfico comprende:
- El Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
- Los Municipios Baruta, Chacao, El Hatillo y Sucre del Estado Bolivariano de Miranda.