Las Bases de Manresa (1892): Fundamentos del Nacionalismo Catalán en el Siglo XIX

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El presente documento es un fragmento de las Bases para la Constitución Regional Catalana, conocidas popularmente como Bases de Manresa, elaboradas el 27 de marzo de 1892. Se trata de una fuente histórica primaria, de naturaleza jurídico-política y de carácter público, producida por la Unió Catalanista, concretamente bajo la dirección de Enric Prat de la Riba. Su repercusión fue regional, circunscrita a Cataluña.

Contexto Histórico del Nacionalismo Catalán

Nos situamos en el último cuarto del siglo XIX, un periodo en el que comenzó en España el ascenso de movimientos de carácter regionalista o nacionalista. El punto de partida de los argumentos nacionalistas consistía en afirmar que Cataluña y el País Vasco eran naciones y que, por consiguiente, tenían derecho al autogobierno. Esta afirmación se basaba en la existencia de realidades diferenciales: lengua, derechos históricos (fueros), cultura y costumbres propias. Estos movimientos presentarían planteamientos más o menos radicales: desde el autonomismo hasta el independentismo o separatismo.

Cabe destacar que la Unió Catalanista, a diferencia de otras corrientes, no adoptó planteamientos separatistas. Tras la muerte de Alfonso XII, le sucedió su esposa María Cristina como regente (1885-1902), quien siempre acató el orden constitucional. Su regencia no supuso ninguna interrupción en el régimen de la Restauración.

Las Bases de Manresa: Contenido y Propuestas Clave

El texto presenta una selección de artículos de las Bases de Manresa, redactados por Prat de la Riba, en los que se defiende el nacionalismo catalán. Las Bases de Manresa están conformadas por 17 premisas que los grupos catalanistas consideraban objetivos y condiciones necesarias para establecer las bases que diferenciarían las misiones del poder central (Base 1ª) y las del poder regional catalán (Bases 2ª a 17ª).

  • La Base 1ª se centra en las competencias del poder central.
  • Las Bases 3ª y 4ª reivindican el uso de la lengua catalana como única lengua oficial en Cataluña y proponen la ocupación exclusiva de los puestos públicos por catalanes o naturalizados.
  • La Base 7ª trata de la reaparición de las Cortes catalanas como poder legislativo.
  • La Base 12ª establece que Cataluña contribuiría al ejército español, ya sea a través de voluntarios o mediante una contribución monetaria.
  • La Base 13ª menciona dos instituciones vinculadas a los cuerpos de seguridad.
  • La Base 15ª establece que la enseñanza pública se regulará según las particularidades de la cultura catalana.
  • La Base 16ª propone un poder ejecutivo catalán que preservaría el cumplimiento de la Constitución catalana.

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