Bienes de Cambio e IVA: Conceptos y Tratamiento Contable en Argentina

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Bienes de Cambio

Son bienes destinados a la venta en el curso habitual de la actividad del ente, o que se encuentran en procesos de producción para dicha venta, o que resultan generalmente consumidos en la producción de los bienes o servicios que se destinan a la venta, así como los anticipos a proveedores por las compras de estos bienes.

Un tema muy relacionado con los bienes de cambio es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por ello incluimos una breve explicación para entender mejor su tratamiento contable.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Objeto del Impuesto

Este impuesto se aplicará sobre:

  • a) Las ventas de bienes muebles situadas o colocadas en el territorio del país, efectuadas por los sujetos pasivos del impuesto.
  • b) Las obras, locaciones y prestaciones de servicios gravados como: los trabajos realizados sobre inmuebles ajenos o propios, elaboración, construcción o fabricación de bienes muebles, obtención de bienes de la naturaleza por encargo de terceros, etc.
  • c) Las importaciones definitivas de bienes muebles.

Sujetos Pasivos

Son sujetos pasivos del impuesto quienes:

  • a) Hagan habitualmente ventas de bienes muebles.
  • b) Realicen en nombre propio o por cuenta de terceros ventas o compras.
  • c) Importen definitivamente bienes muebles.
  • d) Sean empresas constructoras.
  • e) Presten servicios gravados.
  • f) Sean locadores, en el caso de locaciones gravadas.

Liquidación - Base Imponible

El precio neto de la venta, locación o prestación de servicios será el que resulte de la factura o documento equivalente, neto de descuentos.

Son integrantes del precio gravado, entre otros, los servicios prestados juntamente con la operación gravada como: el transporte, limpieza, embalaje, seguro, colocación y similares; los intereses y actualizaciones, comisiones y similares surgidos con motivo de pagos diferidos o fuera de término.

Alícuotas

La alícuota general del impuesto será del 21%. Esta alícuota se incrementa al 27% para las ventas de gas, energía eléctrica y aguas reguladas por medidor.

Tipos de Responsables ante el IVA

Todo comerciante debe inscribirse en la Dirección General Impositiva (DGI) en alguna de las siguientes categorías:

  • Responsable Inscripto
  • Responsable Monotributista
  • Exento
  • No Responsable

Los sujetos pasivos del impuesto podrán optar por inscribirse como Monotributistas cuando en el año calendario anterior al período fiscal de que se trate, hayan realizado operaciones gravadas, exentas y no gravadas por un monto que no supere los $300,000 (Nota: Este monto es referencial y puede variar según la legislación vigente).

Comprobantes (Facturación)

  • El Responsable Inscripto emite:
    • Facturas de tipo "A" a otros Responsables Inscriptos. Estas facturas se emiten en dos ejemplares, entregando el original al cliente y conservando el duplicado.
    • Facturas de tipo "B" a Consumidor Final y a Monotributistas. Emitida en dos ejemplares: original para el cliente y duplicado para la empresa vendedora.
  • El Responsable Monotributista emite:
    • Facturas de tipo "C" a Responsables Inscriptos, otros Monotributistas y a Consumidor Final. Se emite en dos ejemplares.

Sistemas de Registración de los Bienes de Cambio

Los bienes de cambio son todos los bienes que tiene la empresa para revender. La empresa puede elegir entre los siguientes sistemas o métodos para la contabilización de la compra y venta de estos bienes:

  • Sistema sin inventario permanente (o desdoblado)
  • Sistema con inventario permanente

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