Bonificaciones a la Seguridad Social y tipos de contratos laborales en España
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Bonificaciones a la Seguridad Social
Contratos para sustituir a trabajadores en situación de excedencia por cuidado de familiares:
- 95% durante el primer año de excedencia
- 60% durante el segundo año
- 50% durante el tercer año
La reducción se aplica a la cotización por contingencias comunes.
Contratos para sustituir a trabajadoras durante el periodo de maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento
100% de las cuotas empresariales (en este total están incluidas las cuotas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y la aportación de las cuotas conjuntas).
Contrato de inserción
Es para trabajadores desempleados con problemas de inserción; subvencionado por el Estado y las comunidades autónomas. Máximo: 9 meses.
Contratos formativos
Los contratos formativos están encuadrados en el ámbito de la contratación temporal basada en la formación, establecidos por el Gobierno como medidas para fomentar el empleo.
Contrato de trabajo en prácticas
Objeto
El contrato de trabajo en prácticas tiene por objeto la inserción de jóvenes sin experiencia laboral que estén en posesión del título de diplomado, obtenido en los últimos 4 años (o en los últimos 6 años si se trata de una persona con discapacidad).
Duración
Entre seis meses y dos años. La jornada puede ser completa o a tiempo parcial.
Retribución
El salario será el 60% o el 70% durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente. En ningún caso tales cuantías podrán ser inferiores al salario mínimo.
Contrato para la formación
Objeto
La adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio, destinado a personas sin titulación, de entre 16 y 21 años.
Duración
Entre seis meses y dos años; en ningún caso podrá superar los tres años.
Formación
Como mínimo, el 15% de la jornada máxima deberá dedicarse a la formación teórica. Esta modalidad de contratación no admite la celebración a tiempo parcial.
Contratación a tiempo parcial
Se considera contratado a tiempo parcial cuando presta servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo.
Horario
En el contrato deberá hacerse constar expresamente el número y la distribución de horas al día, semana, mes o año durante las cuales el trabajador va a prestar sus servicios.
Remuneración y cotización
La remuneración se establecerá en proporción a la jornada pactada en el contrato, y la cotización a la Seguridad Social se realizará de acuerdo con las retribuciones efectivamente percibidas.